Ayudas públicas

Hay una ayuda de 2.500 € para quienes conviven con mayores y muchos no la están pidiendo

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Blanca Espada

Puede que muchas personas no lo sepan, pero vivir con un padre, una madre o un abuelo mayor de 75 años podría suponer un ahorro importante en la próxima declaración de la renta. Hablamos de una deducción fiscal que puede alcanzar los 2.550 €, una cifra nada desdeñable, especialmente en hogares donde el cuidado de una persona mayor implica un gasto económico y emocional considerable. Lo sorprendente es que, pese a su alcance, esta ayuda pasa desapercibida para buena parte de la población.

Esta deducción no es una ayuda directa en forma de pago, sino un beneficio fiscal que se aplica al hacer la declaración del IRPF del ejercicio 2024, que se presenta en 2025. Su objetivo es claro: aliviar la carga económica de las familias que cuidan a sus mayores en casa, reconociendo el esfuerzo que conlleva hacerse cargo de un ascendiente y facilitando, en cierta medida, esa responsabilidad. Lo más llamativo es que muchas personas que podrían beneficiarse no están solicitando esta deducción, bien por desconocimiento o porque no tienen claro si cumplen todos los requisitos. En un país donde cada vez más personas mayores dependen del cuidado de sus hijos o incluso nietos, resulta especialmente importante dar visibilidad a esta medida.

La ayuda de 2.500 € para quienes conviven con mayores

La ayuda o deducción de 2.500 € va dirigida a quienes conviven con mayores en el mismo domicilio durante al menos seis meses dentro del ejercicio fiscal. El grado de edad marca la cuantía de la ayuda: si el ascendiente (padre, madre, abuelo, abuela…) tiene más de 65 años, la deducción es de hasta 1.150 euros; pero si supera los 75 años, la cifra se eleva hasta 2.550 euros. Es decir, se pueden ahorrar 1.400 euros más simplemente por el hecho de que la persona mayor tenga más de 75 años.

Eso sí, hay condiciones que deben cumplirse: el ascendiente no puede haber ingresado más de 8.000 euros anuales (sin contar pensiones o rentas exentas), ni haber presentado una declaración de la Renta con ingresos superiores a 1.800 euros. Además, si varias personas conviven con ese familiar mayor y todas cumplen los requisitos, el beneficio se divide entre ellas proporcionalmente.

Los requisitos clave para acceder a la deducción

Conviene tener claros los puntos esenciales que determinan si uno tiene derecho o no a esta ayuda de 2.500 € por convivir con mayores. Para empezar, la convivencia debe ser real y acreditable, durante al menos medio año. No basta con empadronarse en el mismo domicilio: Hacienda puede pedir pruebas documentales que demuestren que efectivamente se ha vivido junto al ascendiente.

También es fundamental que la persona mayor tenga una situación económica limitada: no puede haber obtenido rentas superiores a los 8.000 euros al año, ni haber declarado ingresos superiores a 1.800 euros. Esto deja fuera a quienes perciban pensiones altas o tengan otros ingresos significativos, aunque vivan con sus familiares.

Además, hay un límite relacionado con los ingresos del propio declarante: su base liquidable general y del ahorro (casillas 0500 y 0510 del IRPF) no debe superar los 30.000 euros en caso de declaración individual, o los 47.000 en declaración conjunta. Si se sobrepasan esos umbrales, se pierde el derecho a la deducción, independientemente de la convivencia o el nivel de dependencia del ascendiente.

¿Y si el familiar tiene una discapacidad?

Aquí entra en juego otro matiz importante que muchas veces se pasa por alto. Si la persona a cargo tiene una discapacidad reconocida del 33% o más, también se puede acceder a deducciones específicas, incluso si no ha cumplido los 65 años. En estos casos, el abanico de ayudas se amplía.

Por ejemplo, una discapacidad del 33% al 64% da derecho a una deducción de 3.000 euros anuales, mientras que si el grado es igual o superior al 65%, la cifra se dispara hasta los 9.000 euros. En estos supuestos no es necesario que la persona mayor tenga una edad determinada, pero sí que resida en el mismo hogar y se cumplan el resto de requisitos fiscales.

Es decir, se reconoce no sólo el envejecimiento, sino también la condición de dependencia asociada a problemas de salud o discapacidad. De este modo, el sistema fiscal intenta adaptarse a realidades familiares complejas, donde el cuidado no siempre viene solo por la edad, sino también por otras circunstancias personales.

Cómo se pide esta deducción y qué documentación se necesita

Uno de los motivos por los que esta ayuda sigue pasando desapercibida es que no se solicita como una ayuda tradicional, sino que se incorpora directamente en la declaración de la Renta. Esto significa que quienes deseen acogerse a la deducción deben marcarlo en el formulario correspondiente del IRPF y adjuntar la documentación necesaria.

Es recomendable contar con informes o certificados que acrediten la convivencia, como el empadronamiento conjunto, recibos domiciliados o incluso informes médicos que justifiquen la situación del ascendiente. En el caso de discapacidad, será necesario aportar el certificado oficial del grado reconocido por la administración competente.

También hay que tener en cuenta que si varios contribuyentes cumplen los requisitos con respecto al mismo ascendiente, el importe no se duplica, sino que se reparte. Por eso es importante coordinarse dentro de la familia para evitar errores en la declaración.

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