Hacienda lo confirma: estos son los seguros que ahora puedes desgravar en la declaración de la renta


La Agencia Tributaria ha introducido una serie de cambios en el IRPF, lo que puede suponer un ahorro importante para ciertos contribuyentes. Entre los gastos que se pueden deducir en la declaración de la renta, algunos seguros juegan un papel clave, como los de hogar, salud, vida, impago de alquiler, coche (en ciertos casos) y responsabilidad civil profesional.
Sin embargo, cada uno de estos seguros está sujeto a normativas específicas que regulan quiénes pueden aplicarse la deducción. En líneas generales, los autónomos y los propietarios de viviendas en alquiler tienen más opciones para beneficiarse de estas desgravaciones.
Seguros que se pueden desgravar en la declaración de la renta
A continuación, se detallan los seguros que pueden deducirse en la declaración de la renta de 2024 y las condiciones que deben cumplirse para ello.
Hogar
El seguro de hogar se puede incluir en la declaración de la renta en ciertos casos. Si la póliza está vinculada a una hipoteca firmada antes del 1 de enero de 2013, y la vivienda asegurada es la habitual del contribuyente, es posible desgravar la parte correspondiente a la cobertura de incendios. En este caso, la deducción puede alcanzar hasta el 15 % de la prima, con un límite de 1.536 euros anuales.
Además, los propietarios que tienen viviendas en alquiler también se pueden desgravar el seguro de hogar. Para ello, deben incluir este gasto dentro del rendimiento neto del inmueble. En algunas comunidades autónomas, como Baleares y Canarias, también es posible deducir el seguro de impago de alquiler.
Por otro lado, los trabajadores autónomos que utilizan parte de su vivienda como oficina pueden deducir un porcentaje del seguro de hogar proporcional al espacio destinado a su actividad profesional. Esto forma parte de las deducciones aplicables a los autónomos que trabajan desde casa, quienes también pueden desgravar gastos como luz, agua, gas e Internet.
Salud
El seguro de salud, en términos generales, no es deducible para la mayoría de los ciudadanos, ya que en España existe un sistema público de salud que cubre la asistencia sanitaria. Sin embargo, hay algunas excepciones. Las empresas pueden deducir el 100 % del coste del seguro de salud colectivo de sus empleados, lo que supone una ventaja fiscal significativa.
Los trabajadores por cuenta ajena que reciben un seguro de salud como parte de su salario también pueden beneficiarse de exenciones fiscales, ya que este gasto no se considera retribución en especie. Esta exención se extiende a su cónyuge e hijos menores de 25 años, siempre y cuando sus ingresos no superen el umbral establecido por la Agencia Tributaria.
Mientras, los autónomos se pueden desgravar hasta 500 euros de su seguro de salud en la declaración de la renta. Si tienen familia a su cargo, también pueden incluir en la deducción a su cónyuge e hijos menores de 25 años, con un límite de 500 euros por persona. En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga una discapacidad, la cantidad deducible aumenta hasta los 1.500 euros anuales.
Vida
El seguro de vida también ofrece ciertas ventajas fiscales en la declaración de la renta, aunque bajo condiciones muy específicas. Quienes tengan un seguro de vida vinculado a una hipoteca firmada antes del 1 de enero de 2013 pueden desgravar hasta el 15 % de las cantidades destinadas a la compra de la vivienda, incluyendo la prima del seguro.
Los autónomos también pueden deducirse su seguro de vida, ya que se considera un gasto relacionado con su actividad profesional. En este caso, el límite de deducción es de 500 euros al año, cantidad que aumenta a 1.500 euros si el trabajador por cuenta propia tiene una discapacidad reconocida.
Otra opción para desgravar el seguro de vida es cuando está vinculado a un producto de ahorro, como los Planes de Previsión Asegurados (PPA). En estos casos, las cantidades que se pueden deducir varían en función de la edad y los rendimientos del asegurado. Para los PPA, la deducción máxima es de 1.500 euros anuales o el 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, eligiendo la menor de ambas cifras.
Otros
Además de los seguros de hogar, salud y vida, existen otras pólizas que se pueden incluir en la declaración de la renta en casos específicos. Uno de ellos es el seguro de impago de alquiler, que puede deducirse en comunidades como Baleares y Canarias, donde hay beneficios fiscales para arrendadores que contratan esta póliza.
El seguro de coche sólo es deducible para los autónomos que utilizan su vehículo exclusivamente para actividades profesionales. Los trabajadores por cuenta propia también pueden deducirse el seguro de Responsabilidad Civil profesional. Esta póliza es esencial en muchas profesiones, ya que cubre los daños que se puedan ocasionar a terceros en el ejercicio de la actividad laboral.
Sin embargo, no todos los seguros ofrecen ventajas fiscales en la declaración de la renta. Las pólizas obligatorias, como los seguros de coche o moto, no son deducibles para particulares. Tampoco se pueden desgravar seguros específicos para objetos de valor, dispositivos electrónicos, mascotas o viajes.