El Gobierno confirma el palo al IMV: adiós a cobrarlo si estás en esta lista
El Gobierno establece una serie de requisitos para ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV)


La campaña de la renta entra en su último mes y hasta el 30 de junio los contribuyentes que cumplan con los requisitos están obligados a presentar el ejercicio del IRPF correspondiente a 2017. Las personas que sean beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital también están obligadas a presentar los ingresos independientemente de la cantidad que hayan generado al año. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el IMV.
A partir de este 2 de junio, Hacienda permite a los ciudadanos que soliciten cita previa presentar la declaración de la renta en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. Esta es una opción que desde la Administración establecen para las personas que tienen mayor dificultad para presentar la declaración de la renta por teléfono o a través de internet. Por ello, en el último mes de la campaña, un funcionario de la Agencia Tributaria puede realizar el ejercicio del IRPF en persona.
Tras superar el primer tercio de campaña, la Agencia Tributaria informó a través de su página web que 4.340.000 contribuyentes ya habían recibido su devolución por un importe de 3.040 millones de euros. Cumplido el primer mes de la campaña, 7.602.000 personas habían presentado su declaración y desde la Administración esperan que un total de 24 millones de españoles declare los ingresos correspondientes al año 2024.
El IMV y la obligación de presentar la renta
Los ciudadanos que tienen la obligación de presentar la declaración de la renta para no perder el acceso a la ayuda son los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Independientemente de la cantidad que reciban anualmente por el IMV, estas personas tienen que declarar los ingresos, ya que en caso contrario desde el Gobierno quitarán el acceso a una ayuda destinada a las personas que están cerca de una situación de pobreza o de exclusión social.
En la campaña de la renta de 2026 también estarán obligados a presentar los ingresos anuales los desempleados que reciban cualquier subsidio del SEPE. El Real Decreto-ley 2/2024, que entró en vigor el pasado 1 de noviembre, ya obligaba a los perceptores de esta ayuda a presentar la declaración en esta campaña de la renta, pero finalmente el Gobierno, en otra marcha atrás, decidió aplazar esta imposición para el próximo año.
Más obligaciones con el Ingreso Mínimo Vital
Además de presentar la declaración de la renta, para poder ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital hay que cumplir con otra serie de requisitos. «El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas», así define la página de la Seguridad Social el Ingreso Mínimo Vital que llegó con gran polémica en la pandemia y que llega a más de 700.000 hogares en los que viven más de dos millones de personas.
El IMV es una ayuda destinada a sacar del riesgo de pobreza a los ciudadanos españoles y por ello uno de los requisitos indispensables para recibir esta ayuda es demostrar una carencia de rentas durante la percepción del subsidio. Para acreditar esta situación de vulnerabilidad económica, «el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital». Teniendo en cuenta que la cuantía garantizada para una unidad de convivencia formada por un adulto es de 7.905,72 euros anuales, sobre esta cantidad estaría el límite de ingresos anuales para un adulto solo.
Además de la carencia de rentas, también hay que acreditar tener residencia española durante al menos un año antes de solicitar la solicitud, ser mayor de edad y no ser beneficiario de otra pensión contributiva o no contributiva.