Edad de jubilación

Giro oficial de 180º: la jubilación a los 63 años llega a España y estos son los afortunados

jubilación 63 años
Blanca Espada

La edad de jubilación ha sido un tema en constante evolución en España. Desde hace años, el sistema de pensiones ha ido adaptándose a las nuevas circunstancias económicas y demográficas, retrasando progresivamente el acceso a la jubilación. Sin embargo, a pesar de estos cambios, todavía es posible acceder a la jubilación antes de la edad ordinaria, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Ahora, con la nueva normativa en vigor, hay una posibilidad real para muchas personas de retirarse antes de tiempo, con la jubilación a los 63 años sin tener que esperar a los 65 o 67.

Este giro en la legislación supone un alivio para quienes han cotizado durante décadas y desean adelantar su retiro sin penalizaciones excesivas. Aun así, no todos los trabajadores pueden acogerse a esta opción, ya que se han establecido condiciones específicas que limitan el acceso a la jubilación anticipada. La clave radica en los años cotizados y en la modalidad de jubilación que se solicite. Para muchos, la posibilidad de dejar el mercado laboral antes de lo previsto o de una jubilación a los 63 años, representa un sueño hecho realidad. No obstante, como en todo proceso relacionado con la Seguridad Social, hay normas que regulan este derecho y reducciones en la pensión que es importante conocer antes de tomar una decisión definitiva.

La jubilación a los 63 años llega a España

Según la legislación actual, pueden acceder a la jubilación anticipada voluntaria aquellas personas que un periodo de cotización mínimo de 37 años y 9 meses. En caso de no alcanzar este periodo de cotización, la edad de acceso se eleva a 64 años y 4 meses.

La posibilidad de jubilarse antes de la edad ordinaria también está disponible para quienes deseen acogerse a la jubilación anticipada involuntaria. En estos casos, el requisito de cotización es ligeramente inferior, requiriéndose 33 años de cotización. Esta modalidad está dirigida a personas que han sido despedidas por causas ajenas a su voluntad y han permanecido inscritas como demandantes de empleo durante al menos seis meses antes de solicitar la jubilación.

Requisitos específicos para acceder a la jubilación anticipada

Para quienes desean retirarse de manera voluntaria a los 63 años, es imprescindible haber cotizado al menos 35 años, con la condición adicional de que al menos dos de esos años estén dentro de los últimos 15 previos a la solicitud de la pensión.

Además, es obligatorio que la pensión resultante supere la pensión mínima establecida al cumplir los 65 años. De lo contrario, no se podrá acceder a la jubilación anticipada.

Jubilación anticipada por causas ajenas a la voluntad del trabajador

En ciertos casos, la jubilación anticipada también puede solicitarse a partir de los 61 años, aunque debe estar justificada por despidos o circunstancias especiales. Para estos casos, es necesario haber cotizado al menos 33 años, y la reducción en la pensión dependerá de los años cotizados.

Las situaciones en las que se permite esta modalidad incluyen:

  • Expedientes de Regulación de Empleo (ERE).
  • Despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Extinción del contrato por fuerza mayor.
  • Fallecimiento, jubilación o incapacitado del empresario.
  • Extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
  • Situaciones de violencia de género que justifiquen el abandono del puesto de trabajo.

Desde el año 2023, se han incorporado dos nuevas normativas que también permiten la jubilación anticipada involuntaria:

  • Cuando el trabajador es despedido tras negarse a un traslado obligatorio de residencia.
  • Cuando hay una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo.

Reducciones en la pensión por jubilación anticipada

Uno de los aspectos clave a considerar antes de solicitar la jubilación anticipada son las reducciones aplicadas a la pensión. En la jubilación anticipada voluntaria, se aplican coeficientes reductores en función del tiempo cotizado:

  • 30 a 34 años cotizados: reducción del 7,5% por cada año adelantado.
  • 35 a 37 años cotizados: reducción del 7% por cada año adelantado.
  • 38 a 39 años cotizados: reducción del 6,5% por cada año adelantado.
  • 40 años o más cotizados: reducción del 6% por cada año adelantado.

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, las reducciones son algo menores y dependen también de los años cotizados, aunque se aplican con menos penalización.

Jubilación anticipada en profesiones especiales

Existen colectivos que pueden jubilarse antes de los 63 años sin que se les aplique el mismo criterio que al resto de trabajadores. Entre ellos están:

  • Bomberos, policías, artistas, ferroviarios y personal aéreo, cuyos regímenes específicos les permiten retirarse antes por la naturaleza de su trabajo.
  • Personas con discapacidad del 45% o más, quienes pueden acceder a una jubilación anticipada con condiciones especiales.
  • Mutualistas, aquellos que cotizaron en sistemas mutualistas previos a la Seguridad Social y que pueden acogerse a jubilaciones más flexibles.

En conclusión, la posibilidad de jubilarse a los 63 años sigue estando al alcance de muchos trabajadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Tanto la jubilación anticipada voluntaria como la forzosa tienen sus propias condiciones y penalizaciones, por lo que es fundamental evaluar cada situación antes de tomar una decisión.

Para aquellos que cumplen con los criterios, este giro en la legislación representa una oportunidad para disfrutar del retiro antes de tiempo y aprovechar los años de descanso tras una vida laboral intensa.

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