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Giro en las facturas de pymes y autónomos: Hacienda retrasa la obligación de facturar con Verifactu hasta 2027

Contribuyentes del Impuesto de Sociedades tendrán hasta el 1 de enero de 2027 y autónomos y pymes hasta el 1 de julio de 2027

Lo que implica la implementación del sistema Verifactu por Hacienda

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El Ministerio de Hacienda ha dado un respiro a millones de pequeños y medianos empresarios y trabajadores por cuenta propia al confirmar el aplazamiento en la entrada en vigor del sistema de facturación digital conocido como Verifactu hasta 2027. Esta prórroga, muy esperada por las empresas, busca ofrecer un margen de tiempo adicional para que el tejido empresarial pueda adaptar sus sistemas informáticos a los nuevos y complejos requisitos técnicos.

La medida, que será aprobada a través de un Real Decreto-ley en el Consejo de Ministros, implica una modificación de los plazos previstos en el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la Ley de lucha contra el fraude fiscal de 2021.

Las nuevas fechas de la obligatoriedad

El plan original establecía una entrada en vigor escalonada que ahora se desplaza doce meses. La obligación de utilizar un software de facturación adaptado a Verifactu queda de la siguiente manera:

  • 1 de enero de 2027: Fecha límite para las empresas y profesionales que tributan por el Impuesto de Sociedades (IS). Originalmente, la fecha era enero de 2026.
  • 1 de julio de 2027: Fecha límite para los autónomos y el resto de contribuyentes (pymes) que tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El plazo inicial era julio de 2026.

Este aplazamiento responde a las peticiones de la asociación de autónomos (ATA) y muchas otras organizaciones, que venían reclamando «sentido común» ante la cercanía de la fecha límite y el bajo porcentaje de empresas que ya habían implementado el sistema.

Qué es y lo que implica el sistema Verifactu

Verifactu es la apuesta de la Agencia Tributaria para digitalizar y garantizar la trazabilidad e integridad de todas las facturas con el objetivo de combatir el fraude fiscal, especialmente la llamada «contabilidad B».

El sistema establece que el software de facturación utilizado por empresas y autónomos debe cumplir una serie de requisitos fundamentales:

  • Inalterabilidad del registro: El programa debe generar un registro de cada factura (completa o simplificada) que sea inalterable e imposible de borrar una vez emitida.
  • Control inmediato: El sistema debe permitir a Hacienda acceder a la información de manera inmediata. Los programas generarán un código de verificación y un código QR que el cliente o la propia Agencia Tributaria podrán escanear para verificar la autenticidad de la factura.
  • Transferencia de información: Aunque Hacienda no exige por ahora el envío y referencia inmediata y obligatoria de cada factura (modalidad Verifactu en tiempo real), el sistema obliga a que la información esté disponible y sea accesible para el fisco en todo momento.

El incumplimiento de la normativa, que se aplica a todos los empresarios y profesionales que utilizan software de facturación (salvo excepciones como el País Vasco, Navarra o el régimen de Suministro Inmediato de Información (SII)), podría acarrear sanciones de hasta 50.000 euros.

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