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Expertos en fiscalidad recomiendan recurrir el impuesto de plusvalía porque vaticinan que se anulará

Impuesto de plusvalía.
Impuesto de plusvalía.
Nayara Mateo
  • Nayara Mateo
  • Redactora de economía, especializada en el sector inmobiliario, turismo, consumo y distribución. Antes en Expansión, Efe y Brainsre.news.

El pasado 8 de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó la reforma del impuesto de la plusvalía municipal, que permitirá al contribuyente elegir si paga por la ganancia real o por la resultante de aplicar el sistema objetivo. No obstante, el nuevo tributo ha levantado grandes polémicas entre los contribuyentes y entre los expertos en fiscalidad que aseguran que mantiene «algunos aspectos que pueden derivar en su inconstitucionalidad». Y por ello, recomiendan recurrir para que cuando se anule el impuesto puedan anular sus plusvalías.

«Es pronto para hablar, pero creo que se anulará el reglamento y los contribuyentes, tanto particulares como empresariales, que lo hayan recurrido podrán anular sus plusvalías», explica a OKDIARIO David García, senior tax manager de Ayming, consultora especializada en fiscalidad. Por otro lado, para los contribuyentes que no lo hayan recurrido, «considero que el Tribunal Constitucional limitará sus efectos», matiza.

Dudosa constitucionalidad

La reforma del impuesto de plusvalía municipal fue aprobada por decreto-ley después de que el Tribunal Constitucional anulara en una sentencia del 26 de octubre el método de cálculo por considerarlo inconstitucional. Actualmente, en el Congreso de los Diputados continúa el debate entre compensaciones, por tanto, la opción de la supresión ya se ha superado. Sin embargo, «está pendiente que el Tribunal Constitucional se pronuncie contra la irregularidad del nuevo reglamento. Todavía es posible recurrir», afirma García.

Además, este añade que «está previsto que el Gobierno de España acelere la aprobación de la Ley, para evitar que sean cada vez más los contribuyentes que puedan beneficiarse de la nulidad fallada por el propio Tribunal Constitucional».

Según los expertos, el nuevo tributo mantiene algunos aspectos que pueden derivar en su inconstitucionalidad. En el nuevo cálculo de valor de compra o venta, no se tiene en cuenta ningún gasto, lo cual no refleja en su totalidad la realidad económica del inmueble. Además, no está del todo especificado cómo repercute a promociones inmobiliarias. En este caso, «para probar cuál es la base imponible va a ser necesario acudir a una tasación independiente, en vez de contar con un sistema objetivo que tenga total cobertura para todas las situaciones desde el Estado», explica García.

Por otro lado, el experto señala que en el sistema objetivo de cálculo «se aplican unos coeficientes que no se corresponden con el valor real en el mercado inmobiliario». En teoría, estos coeficientes se pueden adaptar por los ayuntamientos, que también tienen la potestad para reducir un 15% la carga de la base que lo va a regular. «Así que si estos coeficientes no se corresponden con el valor del mercado inmobiliario, no van a ser objetivos y se va a volver a producir lo mismo que pasaba antes», concreta.

Además, añade que el valor de cada activo en cada ayuntamiento es «completamente distinto». Con lo cual, si esos coeficientes genéricos no se adaptan por los ayuntamientos, se va a generar «una vía de conflicto bastante importante».

Vacío legal

Para las Plusvalías Municipales giradas a empresas y particulares entre el 26 de octubre y el 9 de noviembre de 2021, existe la posibilidad de recurrir. «La Dirección General de Tributos, a través del auto 3074-21, indica que las partes contribuyentes que transmitieron un inmueble en esas fechas no tendrán marco regulatorio. El contribuyente tiene que presentarlo porque ese artículo no se ha derogado, otra cuestión diferente es que no tenga que pagarlo».

En concreto, la semana pasada el Ministerio de Hacienda confirmó que las transmisiones de inmuebles realizadas entre el 26 de octubre y el 9 de noviembre quedan exentas de tributar por ese impuesto. La suspensión por parte del Tribunal Constitucional del impuesto de la plusvalía municipal en octubre del pasado año dejó un «vacío normativo» hasta la aprobación del nuevo sistema, un periodo en el que no sería obligatorio pagar el impuesto.

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