DESEMPLEO

Esta es la forma de conocer cuánto paro tienes acumulado y cuánto dura la prestación por desempleo

Conoce cuánto te corresponde de paro y de prestación por desempleo

paro
Oficina de empleo.

La prestación contributiva por desempleo, comúnmente denominada paro, representa la principal asistencia gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España. Esta prestación, de carácter contributivo, se basa en las cotizaciones realizadas por los trabajadores, siendo la duración y la cuantía de la misma directamente proporcionales a dichas cotizaciones.

Para tener derecho a la prestación por desempleo, es necesario haber acumulado al menos 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años. Es importante destacar que cotizar por desempleo no es lo mismo que cotizar a la Seguridad Social.

Cuánto dura el paro

El cálculo de la duración de la prestación contributiva por desempleo toma en cuenta el tiempo cotizado por desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, o hasta el último día que se tenía la obligación de cotizar.

Esto también incluye períodos de cotización correspondientes a vacaciones pagadas no disfrutadas. La duración de la prestación varía según los meses cotizados y está regulada por el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social.

Según esta regulación, la duración de la prestación por desempleo se distribuye de la siguiente manera:

  • De 360 a 539 días cotizados: 120 días de prestación.
  • De 540 a 719 días cotizados: 180 días de prestación.
  • De 720 a 899 días cotizados: 240 días de prestación.
  • De 900 a 1079 días cotizados: 300 días de prestación.
  • De 1080 a 1259 días cotizados: 360 días de prestación.
  • De 1260 a 1439 días cotizados: 420 días de prestación.
  • De 1440 a 1619 días cotizados: 480 días de prestación.
  • De 1620 a 1799 días cotizados: 540 días de prestación.
  • De 1800 a 1979 días cotizados: 600 días de prestación.
  • De 1980 a 2159 días cotizados: 660 días de prestación.
  • Desde 2.160 días cotizados: 720 días de prestación.

En consecuencia, la duración máxima de la prestación por desempleo en España es de 720 días, equivalente a casi dos años. Para tener derecho a esta duración máxima, se requiere haber cotizado durante 2.160 días, que representa prácticamente los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.

Para solicitar la prestación por desempleo, existen cuatro formas diferentes de hacerlo ante el Servicio Público de Empleo Estatal: a través de internet con certificado digital, sin certificado, en las oficinas del SEPE y por correo ordinario.

Cuánto se cobra por el paro

Para conocer la cantidad acumulada de prestación por desempleo, la forma más rápida es utilizar la Sede Electrónica del SEPE. Se debe acceder a la sección «Consulte los datos y recibo de la prestación» y luego seleccionar «Consultas de la Prestación». La identificación del usuario puede realizarse mediante certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o un código enviado al teléfono móvil del usuario.

El cálculo de la prestación por desempleo se realiza de la siguiente manera: durante los primeros 180 días, se percibe el 70% de la base reguladora, y a partir del día 181, se recibe el 60% de dicha base. La base reguladora se determina como la media de la base de cotización por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días trabajados.

A pesar de estos porcentajes, la prestación por desempleo cuenta con cuantías mínimas y máximas, que se establecen en función del IPREM incrementado en una sexta parte y de si el beneficiario tiene o no hijos a su cargo.

Qué hacer si agotas el paro

Cuando has agotado la prestación contributiva por desempleo y no encuentras empleo, es posible acceder a otras ayudas económicas a través de organismos como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Cuando un desempleado ha agotado la prestación contributiva y no ha conseguido trabajo ni otros ingresos, puede solicitar un subsidio mensual por agotamiento de la prestación contributiva. Esto es posible si cumple con ciertas condiciones, como tener cargas familiares (hijos menores de 26 años y/o cónyuge a su cargo) o tener 45 años o más.

El subsidio por agotamiento, ofrecido por el SEPE, está destinado a desempleados que han completado su período de paro. Para acceder a esta prestación, se debe cumplir con un «mes de espera» contado desde la finalización del subsidio o prestación por desempleo, además de estar registrado como demandante de empleo. Después de este período, se dispone de 15 días para solicitar el subsidio por agotamiento.

En caso de tener cargas familiares, un trabajador que agote la prestación contributiva por desempleo puede solicitar un subsidio por agotamiento, siendo relevante destacar que la cantidad recibida es fija y no equivalente a la prestación contributiva anterior.

Para solicitar el subsidio por agotamiento tras agotar el paro, se deben cumplir requisitos esenciales, como estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, haber agotado completamente la prestación por desempleo y tener cargas familiares. Además, se exige carecer de rentas, es decir, no contar con ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

En el caso de trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado su prestación contributiva por desempleo, existe la opción de solicitar el subsidio por agotamiento para mayores de 45 años. Este subsidio tiene requisitos específicos, como no tener familiares a cargo y haber dejado pasar un mes desde el agotamiento de la prestación por desempleo hasta la solicitud del subsidio. La cantidad fija a recibir es de 480 euros.

Es importante tener en cuenta que, al cumplir con los requisitos, el trabajador no recibirá la misma cantidad que la prestación contributiva, sino un monto fijo de 480 euros.

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