España se juega 13.000 millones en la batalla entre los herederos del Sultán de Sulú y Malasia

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Isla de Langkawi, en Malasia

Tras más de dos años de pandemia, la invasión de Ucrania, precios disparados, el volcán de la Palma y sucesos climatológicos nunca vistos antes, ¿cabe la aparición en España de alguna calamidad más?: Que el país se viera obligado en una rocambolesca historia a responder ante los herederos del Sultán de Sulú una reclamación de 13.000 millones de euros.

El origen de la disputa se remonta al año 1878, cuando el Sultán Mohamet Jamal Al Alam, el Sultán de Sulú en ese momento, cedió a perpetuidad el arrendamiento de los derechos soberanos sobre ciertos territorios situados en Borneo del Norte, que ahora forman parte de  Malasia.

Durante más de un siglo el contenido del acuerdo fue respetado, pero, según demandaron los herederos del Sultán, estos trataron a partir del año 1989 renegociar las condiciones con Malasia para aumentar el importe del arrendamiento, sin éxito.

En 2017 promovieron arbitraje contractual. Los demandantes sostienen que aquel acuerdo firmado a finales del siglo XIX tuvo lugar en lo que entonces era suelo español, por lo que presentaron a principios de 2018 demanda en los tribunales españoles contra Malasia, requiriendo el nombramiento de un árbitro que solventara el entuerto.

A petición de los herederos del Sultán, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) designó al español Gonzalo Stampa como árbitro.

El Estado de Malasia fue emplazado al procedimiento de nombramiento del árbitro por el Ministerio de Asuntos Exteriores en junio de 2018, en la Embajada del país en España.
Malasia no compareció a esa designación, por lo que la sentencia del nombramiento de Gonzalo Stampa como árbitro fue dictada en rebeldía de Malasia. La designación del árbitro español por parte del TSJM se comunicó el 29 de marzo de 2019.
Dos años después, en marzo de 2021, Malasia presentó incidente de nulidad de actuaciones en el TSJM, solicitando que se anulara el nombramiento de Gonzalo Stampa como árbitro.
Malasia consideraba que en su momento tuvo que haber recibido el emplazamiento al procedimiento en Malasia, y no en su embajada en España, entre otros factores.
El 14 de junio de 2021, el TSJM solicitó con carácter urgente al Ministerio de Asuntos Exteriores que informara a Malasia sobre el régimen de emplazamiento.
Para sorpresa de los abogados que defienden a los herederos del Sultán, al día siguiente, el 15 de junio de 2021, el Ministerio español emitió un nuevo informe modificando lo que había dicho en junio de 2018.
En esta ocasión, Asuntos Exteriores concluyó que el emplazamiento a Malasia en su embajada en España había sido incorrecto, y que el país lo tenía que haber recibido a través de la embajada de España en Malasia, y en inglés, no en español.
Tras la elaboración del nuevo informe del Ministerio de Asuntos Exteriores, el 29 de junio de 2021 el TSJM dictó auto anulando todo lo actuado en el procedimiento hasta la sentencia que nombró a Gonzalo Stampa como árbitro en el procedimiento.
Sin embargo, Stampa trasladó la sede del arbitraje de Madrid a París, y el pasado día 28 de febrero dictó laudo final condenando a Malasia al pago de 14.920 millones de dólares, unos 13.000 millones de euros, a los herederos del Sultán de Sulú.
En noviembre de 2021 los herederos del Sultán presentaron recurso de amparo ante el Constitucional solicitando la anulación del auto del TSJM que se había cargado el nombramiento de Stampa.
Si el recurso de amparo no es atendido, y finalmente se anula el laudo del mes pasado firmado en París, los herederos del Sultán de Sulú podrían  reclamar al Reino de España 13.000 millones de euros por responsabilidad patrimonial.
Malasia se opone al «supuesto laudo»

El Estado de Malasia, tras conocer el resultado del laudo, emitió un comunicado oficial oponiéndose a este y advirtiendo que viola la inmunidad soberana del país.

«Este supuesto laudo fue emitido por el abogado español Gonzalo Stampa, actuando como pretendido árbitro en un procedimiento irregular, cuando su designación había sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid», dice Malasia.

El «supuesto laudo», añade el país, «ignora las resoluciones de los tribunales de Madrid (que anularon su condición de árbitro y se lo notificaron hasta en tres ocasiones) y de París (que suspendieron los efectos de la homologación francesa de un laudo de jurisdicción dictado en el supuesto procedimiento de arbitraje y que sirvió de presupuesto a un fraudulento traslado de la sede del arbitraje de Madrid a Paris)».

Malasia tacha de «actuación ilegal» la participación de Gonzalo Stampa y advierte que está siendo investigado en un Juzgado de instrucción número 40 de Madrid, tras denuncia presentada «por la Fiscalía española debido a la reiterada y grave desobediencia del Sr. Stampa al TSJM, quien anuló su condición de árbitro, además de por intrusismo profesional».

El Gobierno de Malasia no reconoce ninguna de las actuaciones realizadas por el árbitro español ni «sus ilegales decisiones y laudos». Además sostiene que el Acuerdo de 1878 «no contiene ningún convenio arbitral» y que sería en todo caso el Tribunal Superior de Malasia «el foro natural y adecuado para resolver cualquier disputa».

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