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Los consejos de la OCU con los que jamás perderás un euro de tus cuentas

Los consejos de la OCU con los que jamás perderás un euro de tus cuentas
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) alerta de que hay miles de cuentas y depósitos en entidades financieras abandonados por sus titulares. Y es que hay quienes abren una cuenta bancaria para un fin en concreto, como por ejemplo ahorrar para un viaje o para la universidad de los hijos, y, una vez alcanzado ese propósito, se olvidan de ella.

Pues bien, aunque este es un dato que muchas personas desconocen, el saldo de esas cuentas y depósitos abandonados puede a pasar a manos del Estado. El artículo 18.1 de la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado establece que «corresponden a la Administración General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de veinte años».

Cuentas bancarias abandonadas

No estamos hablando de cantidades insignificantes: según datos del año 2021, los fondos «abandonados» ascendían a más de 32 millones de euros. Casi el 90% de esta cifra corresponde a saldos en efectivo depositados en cuentas bancarias.

Cuando una cuenta bancaria parece estar «abandonada», las entidades financieras están obligadas a notificárselo al titular antes de realizar cualquier acción. Esto implica contactar con él en la dirección registrada en sus archivos, comunicándole la situación de la cuenta y el plazo restante antes de que se considere abandonada. Esta notificación debe realizarse al menos con tres meses de antelación antes de que venza el plazo establecido.

Una vez los bancos han verificado que no se ha llevado a cabo ninguna transacción en una cuenta durante un período de 20 años, están obligados a comunicar los bienes que se consideran en situación de abandono. Si a pesar de los intentos de notificación, las sumas de dinero continúan sin ser reclamadas por los titulares o sus herederos, las entidades financieras deben presentar una declaración de los bienes en presunción de abandono ante el Ministerio de Economía y Hacienda antes de finalizar el primer trimestre del año siguiente.

Es el Ministerio de Economía y Hacienda el responsable de declarar oficialmente los bienes como abandonados. A partir de ese momento, esos fondos pasan a formar parte del patrimonio del Estado.

Consejos para preservar el saldo de una cuenta

La OCU ofrece una serie de consejos para mantener actualizada la información relacionada con las cuentas bancarias.

En primer lugar, es recomendable que todos los datos de la cuenta estén actualizados y reflejen la situación actual del titular. Por ejemplo, si cambia de de residencia, es esencial comunicar el nuevo domicilio a todas las entidades financieras donde se mantengan cuentas. A pesar de esto, los clientes suelen recibir constantemente información detallada por correo, lo cual dificulta caer en situaciones donde se pierda el rastro de las cuentas.

Si la información de las cuentas bancarias la recibe únicamente en formato electrónico, es probable que solo el titular de esa dirección de correo electrónico tenga acceso a las claves del banco. En este caso, la OCU recomienda imprimir de manera periódica la información de las cuentas y guardarla, ya que nunca se sabe cuándo podría ser necesaria.

Finalmente, la organización también aconseja a los clientes organizar toda esta información en un archivo digital al que pueden acceder de manera inmediata en caso de necesitar cualquier documento relacionado. Además, esta es una buena forma de facilitar la información relativa a las cuentas bancarias a los designados como herederos.

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