POR LA INCAPACIDAD PERMANENTE

Confirmado el subidón de las pensiones: un 20% extra si cumples estos requisitos

Los ciudadanos españoles podrán tener un incremento en las pensiones en función de ciertos requisitos

Pensiones requisitos
Una manifestación en favor de las pensiones. (EFE)
Pedro Antolinos

Los 9,32 millones de españoles que son beneficiarios de una pensión contributiva disfrutarán de la subida de las pensiones también en el mes de febrero después de que el pasado miércoles fuera publicado el nuevo ómnibus en el Boletín Oficial del Estado. Así que las personas que reciban una pensión de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad o en favor de familiares volverán a disfrutar de un incremento del 2,8%. También algunos podrán disfrutar de una ‘extra’ del 20% si cumplen con una serie de requisitos.

La subida de las pensiones en 2025 es una realidad después de la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad. Días después de que Pedro Sánchez se volviera a plegar a Carles Puigdemont, se confirmó la revalorización de casi 12 millones de pensiones, entre las que están las contributivas, máximas, mínimas, pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital.

De esta forma, en este mes de febrero los pensionistas españoles podrán disfrutar de la subida que ya hubo a finales de enero, días antes de que el Congreso no accediera a los «chantajes» del Gobierno y tumbara el paquete de casi cien medidas del ómnibus. Así que los beneficiarios de una pensión contributiva podrán seguir disfrutando del aumento de alrededor de 60 euros al mes, lo que supone un incremento de entre 500 y 600 euros al año en las más de 10 millones de pensiones que se reparten al mes.

Con el incremento del 2,8%, en función del IPC, la pensión media del sistema ha quedado fijada en 1.304,78 euros. La de jubilación, que reciben más de seis millones de personas, está en 1.497,95 euros y la pensión de incapacidad permanente queda en una media de 1.204,96 euros. La de viudedad en 931,53, la de orfandad en 523,63 y la pensión en favor de familiares en 775,70 euros al mes. Hay que tener en cuenta que estas son las medias; cada beneficiario cobrará una cantidad u otra en base a la edad, años de cotización y cargas familiares.

Carta jubilados pensiones
Varios jubilados caminan por las calles de Madrid. (EFE)

Requisitos para optar a un extra en las pensiones

En España, un grupo de pensionistas podrá beneficiarse de un extra del 20% en la pensión si cumplen con una serie de requisitos. Este incremento lo pueden disfrutar los beneficiarios de la pensión por incapacidad permanente total, que permite a las personas desempeñar otra función laboral distinta a la profesión habitual por la que han sido incapacitados. Es decir, es compatible con otro tipo de empleos. Podrán cobrar esta prestación las personas que certifiquen tener una discapacidad igual o superior al 33%.

La cuantía para los beneficiarios de la incapacidad permanente total es del 55% de la base reguladora, pero se podrá ampliar en un 20% más hasta un 75% si se cumplen ciertos requisitos. Esto se denomina incapacidad permanente total cualificada y la podrán solicitar los pensionistas con discapacidad de más de 55 años que están en una situación de desempleo. El objetivo de este aumento de la pensión es ayudar a las personas que, por motivo de edad, tienen dificultades para salir del paro. Así que los requisitos para cobrar esta paga ‘extra’ en la pensión son los siguientes:

  • Haber cumplido 55 años de edad.
  • Estar desempleado.

Las cuantías mínimas para 2025

La pensión mínima por incapacidad permanente total ha quedado fijada por la Seguridad Social de acorde al aumento de las pensiones. Es decir, un pensionista por incapacidad permanente total de entre 60 y 64 con cónyuge a cargo tendrá una nómina mensual de 1.127,60 euros, que podría incrementar en un 20% si está en situación de desempleo. En caso de no tener cónyuge, quedará en 818 euros y con cónyuge no a cargo será de 773,29, lo que equivale a 10.824,80 euros.

Los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente total derivada de enfermedad común con cónyuge a cargo dispondrán de una nómina mensual de 644,60 euros, que asciende a 9.024,40 euros anuales. Los que tengan cónyuge no a cargo, la pensión quedará en 639,10 euros. Al ser una pensión para menores de 60 años, los que estén en situación de desempleo podrán disfrutar de la incapacidad permanente total cualificada con la que se pretende dar un empujón a los mayores de 55 años que están en búsqueda activa de trabajo y no pueden encontrar empleo.

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