Declaración de la Renta

¿Cómo saber cuál es mi referencia catastral y qué es?

Si eres de las personas que prefieren redactar el borrador de la declaración por sí misma aquí te ayudamos

¿Cómo saber cuál es mi referencia catastral y qué es?
Puerta de una casa. (iStock)
Paloma Guardia

La campaña de la declaración de la renta 2023-2024 comenzó el pasado miércoles para la tramitación online. Desde este momento, hasta el 1 de julio, los contribuyentes tendrán que realizar la declaración para poder rendir cuentas con Hacienda, y hacer el balance del año.

Al ser un proceso burocrático que se debe realizar una vez al año por gran parte de los ciudadanos, siempre surgen dudas. A la hora de comenzar a redactar el borrador -aunque tengamos ayuda externa o facilidades a mano- siempre se queda algún cabo suelto que no sabemos lo que significa.

Si eres de las personas que prefieren redactar el borrador de la declaración por sí misma, habrás visto un concepto que se llama referencia catastral. Se trata de un dato referente a la vivienda que la Agencia Tributaria pide siempre.

Referencia catastral

La referencia catastral es el número que identifica nuestra vivienda, por eso es un código alfanumérico. Se trata de un número con un total de 20 caracteres y es obligatorio para rellenar el borrador de la Renta, tanto si la residencia es propia o alquilada.

El número va directo al registro de inscripción de los inmuebles dependientes del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Cada local tiene un código diferente, pero todos están compuestos de número y letras que lo identifican, como si fuese un DNI.

Hay varias maneras de obtener el código de referencia catastral de nuestra vivienda, puedes realizar los siguientes pasos.

  • Consultando la Sede Electrónica del Castrato a través de su página web.
  • Acudiendo a las oficinas o Puntos de información Catastral (PIC).
  • Con el recibo del IBI.
  • Desde la app del Portal del Catastro.
  • Desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Una vez que lo hayas obtenido ya puedes seguir rellenando el borrador de la declaración de la Renta para saber si este año el resultado es positivo o negativo.

¿Cómo descargar el borrador?

Para obtener el borrador de la Declaración de la Renta, basta con dirigirse a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y seleccionar la opción Tramitación del borrador/declaración. Es necesario disponer de algún método de identificación, como la Cl@ve PIN, el certificado electrónico, el DNI electrónico o el número de referencia. También se puede utilizar la aplicación oficial de la Agencia Tributaria.

Una vez dentro, se debe especificar si se actúa en calidad de interesado o como representante de otra persona. Luego, se selecciona Borrador/Declaración (Renta WEB) y se elige la opción Nueva declaración. En este paso, se introducen todos los datos personales y fiscales, incluyendo los del cónyuge y/o hijos si corresponde.

Si hay deducciones adicionales, se pueden añadir en este momento. Después, se accede al resumen de la declaración, donde se mostrará si se tiene derecho a una devolución o si se debe realizar un pago, dependiendo de la situación fiscal.

Novedades

Una de las novedades a tener en cuenta para esta campaña es que todos los autónomos estarán obligados a realizar la declaración de la Renta, sin importar sus ingresos.

Además, recientemente el Gobierno ha establecido la obligatoriedad de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través de medios electrónicos. Esta medida se aplica siempre que la Administración tributaria garantice la atención personalizada a los contribuyentes que necesiten asistencia para completarla de esta manera.

Este ajuste por parte de Hacienda viene tras una sentencia del Tribunal Supremo, que destacó una «insuficiencia normativa» en relación con el uso exclusivo de medios electrónicos para la presentación de la declaración del IRPF.

Por otro lado, los planes de pensiones ofrecen importantes deducciones fiscales, especialmente destacadas en los planes de pensiones de empresa, donde las aportaciones pueden desgravar hasta un máximo de 8.500 euros, que es la cantidad máxima permitida para este tipo de planes.

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