IMPUESTOS

El documento de la Agencia tributaria para que los mutualistas jubilados pidan devoluciones del IRPF

La idea de las Instituciones es "atender a las solicitudes con la mayor brevedad posible"

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Benjamín Santamaría
  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Seguridad Social y otros organismos preparan de forma coordinada un formulario que estará disponible este miércoles, 20 de marzo, para facilitar a los jubilados mutualistas la devolución del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del 2019. La idea de las Instituciones es «atender a las solicitudes con la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos», según Hacienda.

Por tanto, la AEAT y la Seguridad Social tienen previsto habilitar un formulario sencillo a partir del 20 de marzo, el cual permitirá canalizar todas las solicitudes para su resolución utilizando la información disponible en Hacienda.

Información que habrá que aportar

La información que los afectados tendrán que ofrecer incluirá los datos sobre la vida laboral de los solicitantes obtenidos de la Seguridad Social y otros organismos pertinentes. Es decir, la Administración no requerirá adjuntar ningún tipo de documentación a la solicitud, ya que en la mayoría de los casos la AEAT ya dispone de la información necesaria para resolverla.

Sin embargo, si por alguna razón no se puede resolver una solicitud específica con la información disponible, se podrá solicitar a los interesados que proporcionen la documentación necesaria en un momento posterior.

Este formulario estará disponible para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023. En el caso del año 2023, en la mayoría de los casos, el cálculo ya estará reflejado en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.

Renta Web es un servicio ofrecido por la AEAT que permite a los contribuyentes realizar la declaración de la renta de manera telemática a través de internet. Este servicio integra y reemplaza a los programas anteriores como PADRE y el borrador de la renta, simplificando el proceso y haciéndolo más accesible.

Renta Web proporciona una plataforma en línea donde los contribuyentes pueden ingresar sus datos financieros, deducciones, ingresos y gastos para calcular automáticamente el impuesto sobre la renta que deben pagar o la devolución que pueden recibir. Este servicio es utilizado por personas físicas y familias para cumplir con sus obligaciones tributarias relacionadas con el IRPF en España.

Sin embargo, para aquellos casos en los que la AEAT no disponga de información suficiente y no pueda ofrecer el cálculo en los datos fiscales, bastará con presentar el mismo formulario utilizado para los años anteriores para solicitar el ajuste.

Es decir, los pensionistas no tendrán que solicitar ningún certificado o informe a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Instituto Nacional de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina. Por tanto, es posible que tampoco sea necesario presentar la vida laboral ni ningún tipo de documentación en la mayoría de los casos, ya que la AEAT dispondrá de la información necesaria para resolver la solicitud.

Devolución del IRPF

Una devolución del IRPF es un proceso mediante el cual Hacienda devuelve a un contribuyente una cantidad de dinero que ha sido retenida en exceso durante el año fiscal. La devolución del impuesto puede ocurrir cuando el contribuyente ha pagado más tributos de los que realmente le corresponden debido a diversas circunstancias.

Por ejemplo, algunas de esas circunstancias pueden ser retenciones en exceso, deducciones y bonificaciones, u otros conceptos como la percepción indebida de prestaciones por desempleo, pensiones o ingresos de actividades económicas. Es decir, una devolución del IRPF implica que Hacienda devuelve al contribuyente parte del dinero que ha retenido durante el año fiscal, lo cual puede ocurrir por diversas razones y circunstancias particulares de cada contribuyente.

En el caso de los jubilados mutualistas, los afectados tendrán ahora la posibilidad de solicitar la devolución de este impuesto correspondiente a los años posteriores al 2019.

Los jubilados mutualistas

Los jubilados mutualistas son aquellas personas que, al momento de jubilarse, mantienen una relación con una mutualidad de previsión social. Una mutualidad es una entidad sin ánimo de lucro que proporciona servicios de previsión y seguridad social a sus miembros, quienes generalmente son trabajadores de un mismo sector o actividad profesional.

Los jubilados mutualistas han estado afiliados a una mutualidad durante su vida laboral y, al jubilarse, continúan recibiendo servicios y prestaciones de la misma. Estos servicios pueden incluir pensiones complementarias a la jubilación, seguros de vida, asistencia médica, entre otros beneficios. La condición de jubilado mutualista implica que el individuo sigue siendo parte de la mutualidad y puede continuar disfrutando de los servicios que ésta ofrece durante su jubilación.

Contratar una mutua en España

En España, el número de mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales varía según la clasificación y las distintas modalidades de mutuas existentes. En general, se reconocen unas cuantas mutuas principales que operan en todo el país, pero también puede haber algunas específicas de determinados sectores o regiones. A nivel nacional, suelen ser unas 20 mutuas aproximadamente las más relevantes y reconocidas.

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Ignacio Garralda, presidente de Mutua Madrileña

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