Cambios en la pensión de los mutualistas de Muface: así queda a partir de ahora
Las pensiones contributivas aumentarán un 3,8% en 2024, calculado como un promedio redondeado de las tasas de inflación mensual desde diciembre de 2022 hasta noviembre de 2023. Esta revalorización se aplicará también a las pensiones de los funcionarios de Muface, de manera las pensiones mínimas y máximas de jubilación a partir del 1 de enero de 2024 se verán afectadas por este ajuste.
La garantía estatal para estas pensiones se basa en las cuantías establecidas el 31 de diciembre de 1973. Sin embargo, inicialmente, la garantía estatal aplicada corresponderá a las cuantías vigentes al 31 de diciembre de 1978. La diferencia entre las cuantías de 1973 y 1978 se absorberá gradualmente: se reducirá anualmente en un 20% a partir del ejercicio siguiente a su otorgamiento, según lo dispuesto en la Disposición Adicional VI del Real Decreto Legislativo 4/2000 que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tal como se informa en la página web del Ministerio de Hacienda.
En consecuencia, se origina una pensión inicial determinada por las Bases Reguladoras de 1978 (1977 en la Mutualidad 43) y una pensión final basada en las Bases de 1973. Cada mutualidad establece un porcentaje específico que se indica en sus respectivos Reglamentos. Las pensiones proporcionadas por el Fondo Especial se consideran pensiones públicas y están sujetas a los límites establecidos legalmente tanto para su fijación inicial como para su actualización. Además, se aplican restricciones conforme al límite determinado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado cada año en relación con la concurrencia de pensiones.
Jubilados de Muface
Los funcionarios y funcionarias que se jubilen en el cuerpo administrativo asociado al Mutualismo Administrativo (Muface) están obligados a ser mutualistas. Sin embargo, aquellos funcionarios que ingresaron después del 1 de enero de 2011 recibirán su pensión del Régimen General de la Seguridad Social. Los funcionarios civiles del Estado que ingresaron después del 31 de diciembre de 2010 seguirán siendo mutualistas de Muface, aunque sus pensiones serán administradas por el Régimen General de la Seguridad Social.
En resumen, aunque ya no estén dentro del Sistema de Clases Pasivas, los beneficiarios de Muface conservan su condición de mutualistas con derechos y deberes similares a los de otros afiliados que se unieron previamente. Entre los beneficiarios de Muface se encuentran funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración de Justicia, de las Cortes Generales y de órganos constitucionales o estatales, así como militares de carrera, tropa, marinería profesional, y ciertos cargos como ex Presidentes, Vicepresidentes y Ministros del Gobierno central, entre otros.
Plazo de presentación
Esta asignación es de carácter imprescriptible, aunque los derechos económicos, según cada mutualidad, podrían remontarse entre un mínimo de tres meses y un máximo de cinco años. La solicitud puede realizarse en las oficinas de Muface.
Si el afiliado se jubiló bajo el régimen de clases pasivas, se requerirá el Modelo J para el Procedimiento de Reconocimiento de Pensiones. En el caso de jubilación bajo el régimen general, será necesario un documento que acredite la concesión.
Para aquellos afiliados que cotizaron a través de algunas mutualidades específicas, se requerirá un documento que detalle los servicios prestados a la Administración (Modelo CS o equivalente).
Pensiones en 2024
Si una persona se jubila a los 65 años, las pensiones mínimas mensuales serán las siguientes: 1002,7 euros al mes para aquellos con cónyuge a cargo, 812,85 euros al mes para quienes no tienen cónyuge y 771,55 euros al mes para aquellos con cónyuge no a cargo. En el caso de las pensiones máximas, actualmente establecidas en 3.059 euros mensuales, aumentarán a un máximo de 3.175,25 euros al mes debido a la revalorización.
En el régimen de Clases Pasivas, las pensiones se calculan según los Presupuestos Generales del Estado y se establecen índices para cada grupo de funcionarios. El cálculo se basa en el haber regulador, que considera los años completos de servicio, incluso si fueron en un cuerpo público distinto al de jubilación.
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