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La ayuda extra de 150 euros en tu pensión que te va a solucionar el mes: descubre si puedes solicitarla

Cómo solicitar la ayuda extra de la pensión de 150 euros

sánchez, hucha de las pensiones

A pesar de la existencia de las jubilaciones en España, la situación sigue siendo difícil para muchos de los beneficiarios. Por esta razón, la Seguridad Social ha implementado diversos complementos económicos para este grupo.

Actualmente, más de 6 millones de personas reciben pensiones de jubilación en el país, cuyos montos varían según diferentes criterios. Dada esta situación, solo un grupo reducido puede acceder al monto máximo.

Por ello, la Seguridad Social ha lanzado una ayuda económica de 150 euros dirigida a aquellos pensionados que cesaron sus actividades laborales después del 4 de febrero de 2021 y que tienen al menos 2 hijos. A continuación, se detallan todos los aspectos de esta ayuda.

Cómo solicitar la ayuda de la pensión

Inicialmente, esta ayuda de 150 euros estaba destinada exclusivamente a mujeres con al menos 2 hijos a su cargo. Sin embargo, se extendió también a muchos hombres en la misma situación que presentaron los correspondientes reclamos.

Por otro lado, el Tribunal Supremo determinó que el complemento debía ser retroactivo y la pensión se debía ajustar desde el día en que los beneficiarios accedieron al subsidio, modificando la normativa vigente hasta ese momento.

Por lo tanto, esta ayuda está dirigida a hombres y mujeres que reciben alguna pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y tienen al menos 2 hijos. En este sentido, la deducción se establece de la siguiente manera:

  • 5% sobre la pensión para aquellos con 2 hijos.
  • 10% sobre la pensión para aquellos con 3 hijos.
  • 15% sobre la pensión para aquellos con 4 o más hijos.

Otros incrementos para las pensiones

Las pensiones, en especial las no contributivas (PCN), no proporcionan el margen financiero para disfrutar de lujos o llevar una vida desahogada, sobre todo para aquellos que no han logrado cotizar lo suficiente a lo largo de su vida laboral. Según los datos recopilados por el Imserso, en octubre, el importe medio mensual abonado a cada pensionista se estableció en 439,52 euros para la pensión no contributiva de invalidez y en 398,31 euros para la de jubilación.

Estas cifras evidencian la precariedad económica a la que se enfrentan los beneficiarios de estas pensiones, quienes luchan por llegar a fin de mes sin tomar en cuenta gastos fijos como el alquiler o el pago de préstamos. En situaciones en las que el pensionista debe afrontar el desafío de costear una vivienda, es comprensible que necesite un respaldo económico adicional para hacer frente a sus obligaciones financieras. Consciente de esta realidad, el Imserso contempla un complemento destinado a los titulares de pensiones no contributivas que residen en viviendas alquiladas.

Sin embargo, acceder a este complemento está sujeto a ciertos requisitos estrictos establecidos por la Seguridad Social. Solo aquellos que cuenten con una pensión de jubilación o invalidez no contributiva reconocida en la fecha de la solicitud y en la de resolución tienen derecho a beneficiarse de este apoyo económico anual, cuya cuantía asciende a 525 euros.

Para ser elegible, el solicitante debe tener fijada su residencia, considerada como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se establece que una vivienda es el domicilio habitual cuando el contrato de arrendamiento tiene una duración no inferior a un año y el solicitante ha residido en la misma durante al menos 180 días previos a la fecha de la solicitud.

Además, se exige que el solicitante no posea ninguna vivienda en propiedad y sea el titular del contrato de arrendamiento del domicilio. Se prohíbe tener relaciones conyugales o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador, así como constituir con este una unión estable y de convivencia con una relación de afectividad análoga a la conyugal. En casos en los que varias personas con pensiones no contributivas conviven en la misma vivienda alquilada, solo el titular del contrato de arrendamiento o, de haber varios, el primero de ellos tiene derecho a recibir este complemento económico.

Cómo solicitar esta ayuda

Para solicitar este complemento de 525 euros, los interesados deben dirigir su petición a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, así como a las Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla. Estos organismos ostentan la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social y son los encargados de evaluar y aprobar las solicitudes de aquellos que buscan alivio económico en medio de la limitación financiera que representa la percepción de pensiones no contributivas.

En respuesta a las crecientes demandas y desafíos financieros que enfrentan los beneficiarios de pensiones no contributivas, la Seguridad Social ha implementado medidas adicionales para proporcionar un respaldo económico más sólido. Reconociendo la difícil realidad de aquellos que dependen de estas pensiones, se ha establecido un nuevo incremento dirigido específicamente a quienes residen en viviendas alquiladas.

Este complemento, de 525 euros anuales, busca aliviar las cargas financieras asociadas al costo del alquiler. Sin embargo, para acceder a este beneficio, se han establecido requisitos estrictos, incluyendo la necesidad de tener una pensión de jubilación o invalidez no contributiva, residir en una vivienda alquilada durante al menos 180 días previos a la solicitud, y cumplir con ciertos criterios de relación con el arrendador. Esta iniciativa refleja el compromiso de la Seguridad Social en abordar las necesidades específicas de los pensionistas en situaciones de vulnerabilidad económica.

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