Hacienda

Advertencia especial y muy seria de Hacienda a quienes tienen una casa. Te afectará seriamente

Si tienes una vivienda y deseas venderla debes hacer caso al aviso de Hacienda

Si tienes una vivienda en propiedad, te llevarás una pasta

Si tienes una vivienda en propiedad te llevaras un disgusto

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La llave de una nueva vivienda.
Blanca Espada

Hacienda ha lanzado una advertencia muy seria a quienes tienen una casa  y puede que te afecte seriamente, ya que tiene que ver con las responsabilidades fiscales asociadas a la venta de un inmueble de propiedad, algo que muchas personas desconocen pero que nos puede llevar a tener que hacer frente sanciones nada deseables. Toma nota, porque es importante que sepas bien a qué responsabilidades hace mención la Agencia Tributaria.

La advertencia de Hacienda si tienes casa

Uno de los aspectos fundamentales cuando se tiene una vivienda en propiedad que se desea vender, es el pago de la plusvalía municipal, que debe ser considerado en caso de llevar a cabo una transacción inmobiliaria. Además, es crucial informar a la Agencia Tributaria sobre cualquier posible ganancia patrimonial en la próxima declaración de la renta relacionada con la venta.

Sin embargo, Hacienda también explica que existen escenarios en los que la venta de una casa quedará exenta del pago de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Por ejemplo, aquellos que utilicen los fondos obtenidos en la venta para adquirir otra vivienda en los dos años previos o posteriores a la operación podrán beneficiarse de una exención por reinversión en vivienda. Es esencial que tanto la propiedad vendida como la comprada sean la vivienda habitual y que se haya residido en ella al menos durante tres años, a menos que exista justificación por cambio de residencia.

Otro caso en el que un propietario podrá evitar el pago de IRPF por la venta de su vivienda se aplica a personas mayores de 65 años. Si los miembros de este grupo deciden vender su vivienda habitual y no reinvierten el dinero en una nueva compra, no estarán obligados a pagar impuestos por esta transacción. En caso de vender una segunda vivienda, también podrían beneficiarse de una exención si el dinero obtenido se destina a establecer una renta vitalicia igual o inferior a 240.000 euros, debiendo tributar solo por la cantidad que exceda este límite.

Daciones en pago y Hacienda

En cuanto a las daciones en pago, es decir, la entrega de una vivienda que un propietario debe hacer al banco en caso de no poder afrontar la hipoteca contratada, tampoco están sujetas al pago de impuestos ante Hacienda.

Es fundamental que los propietarios de viviendas estén al tanto de sus obligaciones fiscales y de las exenciones que puedan aplicarse en determinadas circunstancias. Cada situación es única, por lo que es recomendable consultar con un asesor financiero o fiscal para recibir orientación personalizada sobre los aspectos impositivos involucrados en una venta de vivienda. La falta de cumplimiento de las obligaciones fiscales podría acarrear sanciones y consecuencias negativas para el propietario. Por ello, es esencial tomar en serio estas advertencias y estar bien informado para evitar sorpresas desagradables en el futuro.

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