Despidos

Adiós definitivo a los despidos que conocíamos: ya son historia y desaparecen oficialmente

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Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
Blanca Espada

Los trabajadores españoles se van a enfrentar a una importante reforma laboral que acaba de ver la luz y marca un antes y un después en el Estatuto de los Trabajadores. A partir de ahora, miles de empleados que se encontraban en situaciones vulnerables no tendrán que temer un despido por dicha situación. El motivo es claro: ya no será legal despedir automáticamente a quienes se les reconozca una incapacidad permanente.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, ha liderado esta reforma del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley General de la Seguridad Social. Tras su paso por el Congreso, el Senado ha dado el visto bueno definitivo con una amplia mayoría parlamentaria (251 votos a favor y solo tres en contra, los del grupo Vox). Según los últimos datos del Ministerio de Trabajo, sólo en el primer semestre de 2024 se produjeron casi 270.000 despidos improcedentes, y casi 150.000 trabajadores decidieron acudir a los tribunales para reclamar una readmisión o una indemnización justa. Estas cifras ponen de manifiesto la urgencia de un cambio legal que garantice la seguridad laboral en los casos más sensibles.

El fin del despido automático por incapacidad

Hasta ahora, el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores permitía extinguir el contrato de manera automática en caso de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador. Esta posibilidad no requería una resolución judicial ni una decisión expresa del afectado. En la práctica, era la empresa la que decidía unilateralmente finalizar la relación laboral en cuanto se reconocía dicha incapacidad.

Con la reforma ya aprobada, este escenario cambia por completo. La decisión de continuar en la empresa pasa a ser del trabajador. Desde el momento en que se le notifique el reconocimiento de la incapacidad permanente, dispondrá de un mes para comunicar si desea seguir vinculado a su empresa.

Tres opciones tras la notificación

En el caso de que la persona empleada opte por seguir trabajando, la empresa tendrá un plazo de tres meses para estudiar y ejecutar alguna de estas tres posibilidades:

  • Adaptar el puesto de trabajo a las nuevas condiciones del trabajador.
  • Ofrecerle un cambio de puesto que se ajuste a sus capacidades actuales.
  • Extinguir el contrato, pero sólo en el caso de que pueda demostrar que cualquiera de las dos medidas anteriores implica una carga excesiva para la empresa.

Durante todo este proceso, el trabajador no cobrará el salario habitual, pero sí el subsidio por incapacidad temporal, lo que garantiza una cobertura económica mientras se define su situación laboral.

¿Qué se entiende por “carga excesiva”?

Uno de los aspectos clave de la reforma es la delimitación del concepto de carga excesiva. Para evitar abusos, se ha introducido una enmienda, a propuesta de Podemos, que aclara cuándo la empresa no podrá alegar este motivo para despedir. En concreto, si el coste de adaptar el puesto es inferior a la indemnización que le correspondería al trabajador por despido, o al salario de seis meses, la empresa no podrá utilizar el argumento de carga excesiva para justificar el cese.

Este detalle es esencial para garantizar que las empresas hagan realmente un esfuerzo por mantener a sus empleados, especialmente cuando los ajustes necesarios no suponen un perjuicio económico grave para la organización.

Cambios también para las fuerzas de seguridad

La reforma no se limita al ámbito de la empresa privada. En su paso por el Congreso, se añadió una disposición adicional que encomienda al Gobierno aprobar, en el plazo de un año, una ley específica que permita adaptar los puestos de trabajo de guardias civiles, policías nacionales y miembros de las Fuerzas Armadas que hayan adquirido una discapacidad.

Este punto es especialmente relevante para los cuerpos de seguridad, donde hasta ahora existían vacíos legales y barreras burocráticas que dificultaban la continuidad laboral de estos profesionales tras un reconocimiento de incapacidad.

Una ley con respaldo social

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha apoyado firmemente esta norma, que consideran un gran avance en los derechos de las personas con discapacidad. La reforma supone un paso hacia la igualdad de oportunidades en el entorno laboral y evita que miles de personas sean expulsadas del mercado laboral por una situación médica que, con el debido apoyo y adaptación, no tendría por qué impedirles continuar desempeñando una actividad profesional.

Compatibilizar trabajo e incapacidad, el próximo reto

Uno de los compromisos adquiridos en el texto legal es que el Gobierno tendrá que modificar el régimen de compatibilidad entre el trabajo y la incapacidad permanente. Esta medida es clave para que la nueva norma no entre en conflicto con la doctrina del Tribunal Supremo, que en anteriores sentencias ha señalado la necesidad de clarificar cuándo una persona con incapacidad permanente puede, legalmente, seguir trabajando.

Si esta modificación no se aborda en los plazos prometidos, podrían surgir problemas en los tribunales y se pondría en riesgo la eficacia práctica de la reforma. Por eso, el Gobierno deberá actuar con rapidez para evitar que esta ambiciosa ley quede limitada por lagunas legales.

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