Jubilación

Si estás en esta lista te vas a tener que jubilar a los 66 años sí o sí

Si estás en esta lista te vas a tener que jubilar a los 66 años sí o sí
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Muchas personas se preguntan a lo largo de su vida laboral a qué edad podrán jubilarse. En España, existen dos edades de jubilación ordinaria, determinadas por los años de cotización previos de cada persona. La reforma de las pensiones de 2011 tuvo como objetivo retrasar la edad de jubilación y controlar el gasto en pensiones, lo que llevó al alargamiento de la edad de jubilación para aquellos trabajadores que no cumplan un determinado nivel de cotizaciones.

La reforma de las pensiones, aprobada en 2011 y en vigor desde 2013, establece un incremento anual en la edad de jubilación hasta 2027.  De este modo, algunas personas se verán obligadas a esperar hasta alcanzar la edad de jubilación, la cual será mayor en comparación con otros casos, llegando incluso a los 66 años. Este retraso se debe a que su nivel de cotización es inferior al exigido por la normativa vigente.

Los trabajadores que tendrán que esperar a los 66 años para jubilarse

La Ley 27/2011, de 1 de agosto, establece las edades de jubilación ordinaria para el año 2024. Según esta normativa, existen dos edades de jubilación:

Por un lado, aquellos que han cotizado 38 años podrán jubilarse a los 65 años. En contraste, para quienes no han alcanzado este período de cotización, la edad de jubilación se retrasa hasta los 66 años y seis meses. Esto implica que aquellos con menos de 38 años cotizados deberán esperar hasta la mencionada edad para acceder a la jubilación ordinaria en 2024.

Además, para quienes deseen optar por la jubilación anticipada, sea voluntaria o involuntaria, se requiere una cotización mínima de 35 y 33 años, respectivamente. En consecuencia, solo aquellos con menos de 33 años cotizados tendrán la obligación de esperar hasta los 66 años y medio para jubilarse.

Edad de jubilación

Para el año 2024, la edad de jubilación ordinaria se incrementa en dos meses con respecto a 2023. En este año, aquellos que cuenten con menos de 38 años de cotizaciones podrán jubilarse a los 66 años y 6 meses. Por otro lado, quienes acumulen 38 años o más de cotización podrán jubilarse a los 65 años.

Para el año siguiente, 2025, la edad de jubilación ordinaria será de 66 años y 8 meses para aquellos que tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados. Por otro lado, quienes cuenten con 38 años y 3 meses o más de cotización podrán jubilarse a los 65 años.

En 2026, la edad de jubilación se incrementa en dos meses más, por lo que quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados podrán jubilarse a los 66 años y 10 meses. Por otro lado, aquellos con 38 años y 3 meses o más de cotización podrán jubilarse a los 65 años.

A partir del año 2027, la edad de jubilación ordinaria será de 67 años para aquellos que tengan menos de 38 años y 6 meses cotizados. Sin embargo, quienes cuenten con 38 años y 6 meses o más de cotización podrán jubilarse a los 65 años.

Cálculo de la pensión

En el sistema actual de pensiones de la Seguridad Social en España, para obtener una pensión contributiva se requieren al menos 15 años de cotización. Esto da derecho al 50% de la base reguladora, aunque si esta es inferior a la cuantía mínima de jubilación, se puede optar por esta última si resulta más beneficiosa, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Además de los 15 años cotizados, se necesita cumplir con la llamada «carencia específica», que implica que al menos 2 de esos 15 años deben encontrarse dentro de los últimos quince años previos a la solicitud de la pensión. Estos requisitos están establecidos en el artículo 205 del Real Decreto Legislativo 8/2015, que regula la Ley General de la Seguridad Social.

En el caso de no cumplir con estas condiciones y tener 65 años de edad, se puede acceder a la pensión no contributiva de jubilación. Esta prestación tiene como objetivo garantizar unos ingresos mínimos y proporcionar asistencia médica y farmacéutica gratuita.

Con 15 años cotizados, se tiene derecho al 50% de la base reguladora. La base reguladora se calcula sumando las 300 últimas bases de cotización y dividiéndolas entre 350. Sin embargo, con solo 15 años cotizados, solo se sumarán las bases de cotización de esos años, es decir, las 180 últimas bases. Si tras este cálculo la pensión resultante está por debajo de la cuantía mínima de jubilación, se cobrará esta última al ser más beneficiosa.

La pensión mínima garantiza unos ingresos mínimos a los pensionistas cuyas prestaciones sean inferiores a esa cantidad. Cuando la pensión resultante es inferior a la cuantía mínima, se cobrará esta última para asegurar un ingreso mínimo. En estos casos, la Seguridad Social aplica un complemento adicional llamado «complemento a mínimos». Este complemento se ajusta cada año y para 2024 está fijado en 8.941,33 euros anuales sin cónyuge a cargo y 10.429,82 euros anuales con cónyuge a cargo, según el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015.

Las cuantías mínimas de jubilación varían según la situación del pensionista y oscilan entre 783,14 euros mensuales para aquellos sin cónyuge y menores de 65 años, hasta 1.549,30 euros mensuales para quienes tienen 65 años o más y proceden de gran invalidez, según las regulaciones vigentes.

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