¿Qué pasa si no llevas a tus hijos al colegio en septiembre por miedo a un contagio de coronavirus?
¿Puede ser considerado absentismo el hecho de que no lleve a mis hijos al colegio en septiembre por miedo al riesgo de contagio?
El nuevo curso escolar 2020-2021 es una de las mayores incógnitas en la actualidad. Por el momento, se desconoce el plan de medidas exactas que cada comunidad autónoma aplicará en los centros escolares a partir de septiembre para evitar el riesgo de contagio por coronavirus y ante tanta incertidumbre, muchos son los padres que se plantean si es seguro que los niños vuelvan a las escuelas. Por ello nos preguntamos, ¿Qué pasa si no llevas a tus hijos al colegio en septiembre por miedo a un contagio de coronavirus?
¿Qué pasa si no llevas a tus hijos al colegio en septiembre por miedo al contagio?
No es solo el hecho de tener miedo a que los niños se contagien. Para muchos padres, el auténtico riesgo está en que el niño o niña que vaya a la escuela se contagie produciendo así potenciales contagios en aquellos hogares con miembros en situación de riesgo.
Entonces ¿puedo hacer que mis hijos no vayan a la escuela el próximo mes de septiembre? Por el momento no se sabe nada específico al respecto, aunque algunas comunidades sí que han dado pistas de lo que podría ocurrir si algún padre o madre decide no llevar a sus hijos a la escuela el próximo curso. Es el caso de la Consejería de Andalucía que hizo llegar a todos los centros educativos la semana pasada, un decálogo con varias dudas sobre la vuelta al cole, y entre las enumeradas está la de no llevar a los niños al colegio.
Desde la Consejería señalan en su decálogo que «En el caso que se plantea de negativa de las familias a que su hijo o hija acuda al centro, se activaría el protocolo de absentismo».
Dicho protocolo se basa en el punto 2.2, que recuerda que «la legislación educativa vigente en nuestra comunidad autónoma y en el resto de España no recoge como opción más que la escolarización obligatoria», de modo que no importará el sentir de los padres, o las dudas que tengan; los hijos están obligados a acudir presencialmente a clase (a no ser que desde el Gobierno o desde la Comunidad se especifique de lo contrario).
La cuestión de activar un protocolo de absentismo puede estar recogido por ley, pero lo cierto es que ya comienza a verse como una «amenaza directa» a los padres, de modo que algunas asociaciones de padres (AMPA) de Andalucía, y también de otros puntos de España, ya comienzan a debatir sobre si es o no lícito obligar a los niños a ir a la escuela si los padres lo consideran un riesgo.
La obligación legal de llevar a los niños a la escuela
Lo cierto es que tenemos que recordar que en España, los niños entre 6 y 16 están obligados a estar escolarizados. Solo hay algunas excepciones que son: si el niño está enfermo, residencia en el extranjero o que los progenitores lleven una vida itinerante.
La pandemia de Coronavirus, aunque excepcional, no es ninguno de estos tres casos, por lo que en caso de negarnos a que nuestros hijos vayan a la escuela estaríamos dando pie a que si se considera, el centro escolar pueda activar el mencionado protocolo de absentismo.
Qué significa el protocolo de absentismo
¿Pero qué significa exactamente que se va a activar un protocolo de absentismo si un niño no acude a la escuela en septiembre? El absentismo escolar no es algo que haya surgido debido a la pandemia, de hecho está contemplado desde siempre y generalmente se considera como tal cuando el alumno o alumna acumula cinco ausencias sin justificar al mes en días seguidos o alternos (aunque puede variar dependiendo de cada Comunidad).
Si se produce entonces un caso de absentismo escolar, se activa este protocolo que pasa por varios pasos (los cuáles se deciden en cada CCAA), y entre los que se cuentan: la detección por parte del centro, la apertura de un expediente informativo, la intervención de las autoridades educativas de la Comunidad, así como la de los servicios sociales, y en casos más extremos, el caso puede llegar a la Fiscalía de Menores con demandas o querellas civiles e incluso penales, de modo que podemos enfrentarnos a tener que pagar multas e incluso a enfrentarnos a un delito de abandono de familia con pena de prisión de hasta seis años.
Está claro que visto así, muchos padres pueden «asustarse» y ceder ante la idea de no llevar a los niños al colegio por mucho que tengan «miedo» a que se contagien, pero lo cierto es que en el caso de la pandemia, puede que sí este justificada la decisión de que los niños se queden en casa, algo que para muchas asociaciones de padres no entraría en la definición exacta de «absentismo», tal y como se entiende a día de hoy y con las leyes actuales.
Por otro lado, por mucho que se «amenace» con la aplicación de un protocolo de absentismo, faltará ver si existen medios para llevar a cabo dicho protocolo, y por otro lado, también está en el derecho de los padres a hacer huelga con el fin de no llevar a sus hijos a la escuela si no se garantiza su seguridad ante la Covid-19, un derecho que también por sí mismos pueden llevar a cabo los estudiantes de secundaria (a partir de 3º de la ESO), teniendo en cuenta las muchas veces que los alumnos de institutos se han manifestado por otras cuestiones.
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