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Palma multará desde este domingo con hasta 750 euros a los patinetes que no lleven casco ni tengan seguro

Durante los primeros días la Policía Local llevará a cabo una labor informativa

La nueva ordenanza cívica fue aprobada por PP y Vox y rechazada por la izquierda

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Imagen de un patinete por la ciudad de Palma.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor de OKBaleares, información local de Palma, social y política. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Palma multará desde este domingo con hasta 750 euros a los patinetes que no lleven casco ni tengan seguro, después de que el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) haya publicado hoy sábado día 24, la nueva Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica, que entrará en vigor pasado mañana día 26.

Esta nueva ordenanza, aprobada en el pleno municipal del pasado 24 de abril, tiene como objetivo combatir las actitudes y comportamientos incívicos, con el objetivo de hacer de Palma una ciudad segura, ordenada y respetuosa.  La normativa que fue aprobada con los votos de PP y Vox y el rechazo de la izquierda (PSOE, Més y Podemos) dispara hasta los 3.000 euros las multas a los incívicos y estará plenamente en vigor esta temporada turística.

Esa será la cantidad con la que se sancione a los que realicen pintadas vandálicas en cualquier bien público, mobiliario urbano o infraestructuras del servicio público. También prohíbe la colocación de carteles, pancartas, vallas o cualquier tipo de publicidad no autorizada en el espacio público, con sanciones que oscilan entre los 150 y los 6.010 euros, y multa con hasta 750 euros a quienes defequen, orinen o escupan en espacios públicos.

Durante los primeros días la Policía Local llevará a cabo una labor informativa, sobre todo, en aquellos apartados que suponen una novedad como es el caso de los patinetes, que a partir de ahora no podrán circular por aceras, plazas, jardines, ni zonas para peatones, y será obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para los conductores, con una cobertura mínima de 120.000 euros. En caso de no tener el seguro, la sanción será de 600 euros.

Asimismo, el uso del casco será obligatorio y las personas deberán mantenerse de pie sobre el vehículo, con ambos pies firmemente apoyados en la plataforma, y llevar un traje reflectante homologado para una mayor visibilidad.

La nueva ordenanza regula además el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, colocación y distribución de pancartas, carteles y folletos, juegos y apuestas, venta ambulante no autorizada, uso de caravanas y autocaravanas y actuaciones en la vía pública. Precisamente, las sanciones y restricciones para aquellas personas que empleaban las autocaravanas como viviendas era uno de los principales puntos que generaba malestar y que, tras el periodo de alegaciones fue modificado.

El texto aprobado sí permite pernoctar en estos vehículos, siempre y cuando no se estacionen en el mismo lugar durante más de diez días y no saquen elementos exteriores. A las personas en situación de exclusión social no se les aplicará ninguna sanción económica.

Otra de las modificaciones que ha sufrido la ordenanza tras el periodo de alegaciones ha sido el punto relativo al grupo máximo de turistas que pueden participar en las visitas guiadas por la ciudad. Inicialmente el tope se fijó en 20 personas, pero finalmente serán 35.

Tendrán prohibido el uso de megáfonos o altavoces y no se permitirán las visitas con vehículos, a no ser que estén autorizados (como el bus turístico o las galeras). Las visitas guiadas con bicicletas o segways se limitarán a cuatro personas y el guía.

En cualquier caso, las sanciones por las posibles infracciones en este caso no entrarán en vigor hasta 2026 con la intención de no afectar a los contratos ya firmados para la presente temporada turística.

El texto definitivo también clarifica algunos aspectos sobre las sanciones y las autorizaciones de las actuaciones musicales callejeras y establece a su vez que los locales que ofrecen comida para llevar son responsables de la limpieza de un radio de 25 metros del espacio en el que se ubican y permite la sustitución de las sanciones a menores por realizar botellón por medidas formativas siempre que lo permita la ley.

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