Rienda suelta a los okupas de PSOE y Podemos

PSOE y Podemos dan rienda suelta a los okupas: rechazan en Sevilla una moción de Vox para su control

PSOE y Podemos dan rienda suelta a los okupas: rechazan en Sevilla una moción para su control.
PSOE y Podemos dan rienda suelta a los okupas: rechazan en Sevilla una moción para su control.

PSOE y Adelante Andalucía (convergencia entre Podemos, IU y Anticapitalistas en la comunidad) han vuelto a dar rienda suelta a los okupas al tumbar este jueves una moción de Vox para reconocer y defender la propiedad privada, concretamente dirigida a la persecución de los este delito de usurpación de la vivienda.

El Pleno de la Diputación de Sevilla ha rechazado la moción presentada por Vox, con el voto contrario de PSOE y Adelante Andalucía, que estaba dirigida al «reconocimiento y defensa» de la propiedad privada.

En la moción, se pedía instar al Estado a promover las reformas legislativas necesarias para tipificar como delito grave las infracciones penales contra la propiedad privada e «incorporando como agravante la okupación de viviendas donde la pena a imponer lo sea en su mitad superior».

Además, se apostaba por incrementar la protección jurídica de los propietarios de bienes inmuebles catalogados como viviendas y reforma de la legislación procesal habilitando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para «desalojar a los ocupas inmediatamente denunciados, exista apariencia ilegítima de ocupación y no dieran a los agentes razón suficiente que legitime su conducta».

Por último, se pedía al Gobierno que incorpore las infracciones penales contra la propiedad privada y entre ellos, los delitos de usurpación de bienes inmuebles dentro del catálogo contemplado en el artículo 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con la finalidad de que estas infracciones penales se incluyan en las conductas que puedan ser incorporadas al procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos.

Nueva okupación en Sevilla

Gracias a esta rienda suelta a los okupas, a Paola no sólo le han okupado su casa, también le han agredido, vejado e insultado delante de su hija de apenas dos años de edad, frente a la que han llegado a consumir sustancias estupefacientes. Ahora, la víctima vive en casa de unos amigos, mientras que los okupas permanecerán en su vivienda, según le han dicho las autoridades a Paola, por lo menos siete meses más. En plata: los okupas agreden, vejan y amenazan a una víctima que nada puede hacer.

Paola es una vecina del barrio de Triana (Sevilla), donde vivía tranquilamente junto a su pequeña, de sólo dos años. Con la pandemia del coronavirus, la empresa en la que trabajaba decidió aplicar un ERTE, lo que dejó a Paola sin ingresos. Como solución, decidió alquilar una de las habitaciones de la casa a una pareja, de origen gitano.

Con el paso de los días, la pareja comenzó a comportarse sin ningún tipo de cuidado hacia Paola y su hija. «Fumaban en casa, consumían drogas y no tenían apuro alguno», señala la mujer afectada, que explica que, con el paso de los días, el comportamiento de sus inquilinos fue a peor… hasta el punto de llegar a insultarla, e incluso agredirla.

«Ha sido una pesadilla. Empezaron a insultarme y a amenazarnos de muerte a mí y a mi niña. Me agredieron delante de la niña», explica Paola, que lleva desde el pasado 12 de julio viviendo con una amiga porque la pareja cambió la cerradura y la expulsó de su propia casa. Los okupas agreden a la propietaria, de este modo, con total impunidad.

Auge

La ocupación ilegal de viviendas crece año tras año en España al calor de una legislación demasiado laxa, en la que se da rienda suelta a los okupas, y que obliga a los propietarios a pasar por un auténtico calvario judicial -tanto en tiempos como en forma- para recuperar sus casas. Mientras tanto, los okupas se atrincheran en una propiedad privada ajena haciendo uso y disfrute del inmueble. La ley les protege hasta tal punto que el proceso para desalojarlos por la vía civil puede durar más de un año.

La legislación española distingue entre ocupación de una vivienda habitada y una vivienda vacía. En el primer caso, el propietario dispone de un plazo de entre 24 y 48 horas para llamar a la Policía. Podrán desalojarlos entendiendo que es un delito flagrante, por lo que no es necesario una orden judicial. Si la Policía no consigue su objetivo, el propietario tendrá que solicitar judicialmente el desalojo de los okupas bien por la vía civil o por la penal.

“El delito es más grave cuando se trata de un domicilio habitado -allanamiento de morada recogida en el Código Penal- y es menos grave –delito de usurpación– cuando se trata de una casa no habitada, por ejemplo, propiedad de un banco-. En este último caso, sólo conlleva una pena de multa, mientras que el otro conlleva penas de cárcel de entre seis meses y hasta cuatro años si es con violencia o intimidación a las personas. Si se recurre al desalojo por la vía civil, técnicamente se llama desahucio por precario, cuyo procedimiento se modificó en julio de 2018 para agilizar los plazos”, explica Ramiro Salcedo, abogado especialista en Derecho Civil y Penal a OKDIARIO.

La modificación del 2 de julio de 2018 -que dio lugar a la popularmente conocida como «ley antiokupas»-  nació con la vocación de acelerar los plazos y los trámites de los desalojos. El propietario sólo tiene que presentar una demanda en los juzgados acreditando que la propiedad es suya. Después, los okupas disponen de un plazo legal de cinco días hábiles para demostrar que «ostentan legítimamente la posesión». Aunque la norma se vendiera en su momento como «exprés», lo cierto es que el tiempo ha demostrado que un propietario puede tardar más de un año en recuperar su vivienda.

Lo último en España

Últimas noticias