Rebaja de pena en Almería

La Ley Montero abre su 4º año beneficiando a violadores: el último, un abusador de su hermana de 7 años

El Supremo baja 6 meses de cárcel a un agresor sexual que violó repetidamente a su hermana durante una década

Ley Montero

El Tribunal Supremo dictó el 30 de enero una nueva sentencia que reduce la condena a un agresor sexual en aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como Ley del Sólo sí es sí. La resolución rebaja en seis meses la pena de prisión a un hombre que abusó sexualmente de su hermana menor durante una década, desde que tenía 7 años hasta los 17. Se trata de una de las primeras rebajas de este 2025, el cuarto año en el que se alarga esta situación derivada de la ley ideada por Irene Montero (Podemos) en 2022.

Los hechos, que la sentencia considera probados, revelan un caso especialmente grave de violencia sexual en el ámbito familiar en un municipio del partido judicial de Huércal-Overa, en Almería. El condenado, que era ocho años mayor que su víctima, comenzó los abusos en 1999 aprovechándose de su posición de hermano mayor y de la vulnerabilidad de la niña. Los tocamientos iniciales derivaron en violaciones continuadas a partir de que la víctima cumplió 12 años.

El agresor mantuvo sometida a su hermana mediante amenazas, advirtiéndole que su familia la culparía si se enteraban. Las agresiones se produjeron en múltiples lugares, incluyendo el domicilio familiar o los vestuarios de un polideportivo, y sólo cesaron cuando la víctima se marchó a estudiar. El caso no salió a la luz hasta 2018, cuando el agresor amenazó de muerte a su hermana por WhatsApp con mensajes como «te voy a cortar el cuello» y «soy capaz de rajarte», lo que llevó a la víctima a denunciar finalmente todo lo ocurrido.

Como consecuencia de los abusos continuados, la víctima sufre secuelas psicológicas graves que incluyen depresión, ansiedad y estrés postraumático crónico, requiriendo tratamiento psicológico continuado.

La Audiencia Provincial de Almería condenó inicialmente al agresor a 14 años, 3 meses y 1 día de prisión. Tras la entrada en vigor de la Ley Montero, el condenado solicitó la revisión de su sentencia al considerar que la nueva legislación le resultaba más favorable. El Tribunal Supremo, aplicando la doctrina establecida en su pleno de junio de 2023, ha determinado que procede reducir la condena a 13 años, 9 meses y 1 día.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Carmen Lamela, argumenta que la revisión es procedente porque la pena inicial se impuso en su extensión mínima según la legislación anterior. Sin embargo, el tribunal concluye que la aplicación de la nueva ley debe hacerse en su conjunto, por lo que mantiene e incluso amplía otras medidas como la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad y la prohibición de ejercer profesiones que impliquen contacto con menores.

Esta nueva rebaja de condena se suma a los cientos de casos que se han producido desde la entrada en vigor de la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad en octubre de 2022. La norma, que pretendía reforzar la protección de las víctimas de violencia sexual, provocó el efecto contrario en múltiples casos ya sentenciados, al modificar los marcos penales de estos delitos, permitiendo la revisión a la baja de numerosas condenas firmes. El CGPJ ha dejado de informar sobre el número de rebajas. Aunque muchos recursos se desestiman, en términos absolutos más de mil agresores sexuales se han beneficiado.

Fuentes judiciales consultadas por OKDIARIO indican que las rebajas no van a cesar a corto plazo, ya que hasta que se corrigió la ley hay decenas de miles de susceptibles beneficiarios de la ley. En el Supremo cada vez hay menos casos porque las audiencias provinciales y otros tribunales aplican su jurisprudencia. Pero, como desvela este periódico, en este 2025 ya se han resuelto varios recursos y al menos uno de ellos ha tenido que ser estimado parcialmente.

Jueces para la Democracia

En este punto, la reforma legislativa ha sido cuestionada incluso en las filas de la asociación de izquierda Juezas y Jueces para la Democracia. En su último boletín una magistrada dice que la ley era necesaria y que ha supuesto importantes avances, pero reconoce admite que «una deficiencia técnica en el diseño penológico dio al traste, durante un periodo de tiempo, los propósitos del legislador».

En su análisis, la magistrada Montserrat Comas d’Argemir subraya la división interpretativa sobre la aplicación de la ley. Lamenta que se dejen en un segundo plano las medidas integrales que la ley introduce en materia de prevención, sensibilización, detección, protección y reparación de las víctimas.

Por otra parte, comparten una reflexión de la magistrada Victoria Rosell, artífice de la ley, en la que en lugar de pedir perdón habla de la necesidad urgente de abordar la violencia institucional y la aplicación del estándar de diligencia debida. Afea la revictimización que sufren las víctimas en su paso por el sistema judicial.

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