Tribunales

Un juez de Sevilla perdona una deuda de casi 100.000 euros a una mujer que se declaró insolvente

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 la exonera del pasivo insatisfecho tras acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Un juzgado de Sevilla perdona a un ludópata una deuda de más de 120.000 euros

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Billetes de euro (EUROPA PRESS).

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla ha concedido provisionalmente a una vecina del barrio de Montequinto, en Dos Hermanas, la exoneración del pasivo insatisfecho de casi 100.000 euros que se le reclamaba tras acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y otras medidas de orden social.

Según la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha difundido el auto emitido por dicha instancia el pasado 31 de octubre, cuando la deuda acumulada ascendía a casi 100.000 euros tras haber formalizado diferentes préstamos, la mujer solicitó ayuda a la citada entidad, cuyos abogados confirmaron que «cumplía los requisitos que marca la Ley de Segunda Oportunidad» para acogerse a los términos de la misma.

«En este caso, la asociada era insolvente, puesto que no podía atender a sus deudas. Esto, sumado a que no tenía antecedentes penales económicos y a que no había sido declarada en concurso en los últimos cinco años, permitió prácticamente asegurar el perdón del 100% de sus deudas pendientes», explica José Domínguez, abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Desde la entidad recalcan que suman ya más de 280 exoneraciones similares.

El letrado ha manifestado que mediante la presentación de la solicitud de preconcurso de acreedores se logró suspender la obligación de pago y las ejecuciones hipotecarias, salvando después la casa y el garaje de la mujer como bienes libres de cargas a su nombre que quería conservar.

«Aprovechando la última reforma concursal, la deudora ha podido conservar sus bienes libres de cargas y obtener simultáneamente la cancelación de sus deudas exonerables. En este plan de pagos, ha tenido que comprometerse a abonar una cuota asumible y acorde a sus ingresos y nivel de gastos esenciales durante cinco años. Será la única obligación que tenga hasta diciembre de 2028, quedando libre de cualquier fichero de morosos y sin poder ser reclamada un solo euro más por las deudas contraídas antes de iniciar el proceso», concluye la asociación.

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