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¿Tienes este coche? Consulta bien la lista porque no podrás circular por Madrid a partir de este año

¿Tienes este coche? Consulta bien la lista porque no podrás circular por Madrid a partir de este año
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid, que forman parte de la iniciativa Madrid 360, llevan en marcha más de dos años. Con el objetivo de reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire, cada año se imponen nuevas restricciones.

Este 2023, tienen prohibida tanto la entrada como la circulación por la M-30 aquellos turismos con etiqueta medioambiental A que no estén domiciliados en el Registro de Vehículos de la ciudad de Madrid y figuren de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de la capital.

Es decir, cualquier coche que no esté registrado y empadronado en el Ayuntamiento de Madrid y no tenga la pegatina B, C, ECO o O no puede circular por la M-30 ni por las vías públicas del interior de la misma.

Vehículos con etiqueta A en Madrid

Hasta el 31 de diciembre de 2024, los vehículos con etiqueta medioambiental A que estén domiciliados en la ciudad de Madrid podrán acceder y circular por las ZBE de la capital. Del mismo modo, hasta esta fecha también tendrán permitida la circulación los vehículos conducidos por empleados para el traslado de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, siempre y cuando estén dados de alta en el Sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’.

Por otro lado, todos los vehículos con etiqueta medioambiental A que no sean turismos, esto es, camiones, furgonetas, ciclomotores y motocicletas, y aquellos vehículos que tengan la condición de históricos, con base en la normativa vigente, también podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2024.

Sin embargo, «la circulación de todos ellos quedará prohibida el mismo 1 de enero de 2025», excepto los siguientes supuestos:

  • Vehículos que estén reconocidos como históricos según el Reglamento de Vehículos Históricos.
  • Vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas.
  • Vehículos adaptados para ser conducidos o para trasladar a personas con movilidad reducida. En este caso, deben figurar de alta en el sistema de gestión de accesos a las ZBE y exhibir la tarjeta de estacionamiento.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado un total de cuatro distintivos ambientales según el impacto medioambiental de los vehículos: B, C, ECO o O . El resto de vehículos, los más contaminantes, no tienen derecho a ningún tipo de distintivo. Son los que forman parte de la conocida como etiqueta A: los modelos gasolina matriculados antes del año 2001 y los diésel matriculados antes de 2006.

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