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Los menores de 12 años, exentos de presentar los documentos para entrar en España en verano

Los menores de 12 años, exentos de presentar los documentos para entrar en España en verano
Los menores de 12 años, exentos de presentar los documentos para entrar en España en verano

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El Gobierno ya ha regulado algunas de las condiciones para poder visitar España si vienes de otro país durante la temporada estival. Así, la orden que establecía que los niños a partir de 6 años debían presentar los documentos para entrar en España se ha modificado y ahora sí deben hacerlo a partir de los 12 años de edad.

Los documentos que deben presentar los menores son la prueba de haber pasado la Covid, de estar vacunados o bien un test. Además, el BOE que establece esta orden también apunta que a partir de 12 años se debe estar en posesión del código QR que se obtiene tras la cumplimentación del formulario de control sanitario a través de SpTH o bien a través de la página web habilitada por el Ministerio de Sanidad.

El hecho de que se cambiara este rango de edad de los 6 hasta los 12 años viene determinado al tener en cuenta la edad mínima para optar a la vacunación y los límites que también tienen otros países del entorno. Por esto fue el cambio, no tiene mayor complicación ni por más razones.

Vacunas admitidas por la EMA

Así que, para entrar a España, los mayores de 12 años que hayan estado vacunados deben aportar que lo ha hecho con algunas de las cuatro vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento, EMA o bien aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud.

Pruebas PCR

Como hay edades donde todavía no se está vacunando, como los niños de 12 años, entonces se deberá aportar el resultado de una prueba diagnóstica de infección activa de Covid-19. Pueden valer tanto si es PCR como si es de antígenos.

Los certificados, según informan agencias, deben estar redactados en español, inglés, francés o alemán. Cuando no es posible tener ninguno de estos idiomas, es posible contar con un documento acreditativo junto a la traducción pertinente al español que haya estado realizada por un organismo oficial.

La orden

Esta orden sobre las condiciones para poder visitar España si vienes de otro país durante la temporada estival ha entrado en vigor este miércoles 9 de junio. Y será vigente hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Todo ello será revisado según los acontecimientos, como puede ser que cambien las condiciones sanitarias tanto en España como en otros países y haya que cerrar de nuevo la frontera, entre otros.

 

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