Una decena de sentencias revelan que las saunas del suegro de Sánchez eran un foco de delincuencia
Tres décadas de actividad judicial en los establecimientos de Sabiniano Gómez
Al menos una decena de sentencias judiciales firmes han documentado durante más de treinta años un patrón sistemático de actividad delictiva en los establecimientos de prostitución de Sabiniano Gómez Serrano –conocido como Sabi–, suegro del presidente del Gobierno Pedro Sánchez. Los tribunales españoles han constatado desde 1989 que sus saunas operaron como focos de criminalidad que facilitaron desde accidentes laborales mortales hasta redes de explotación sexual.
La documentación judicial revela que cuatro locales principales configuraron una red problemática: la Sauna Adán, la Sauna Princesa, el Sauna Bar Castellana 180 y el Hostal Kilómetro Ochenta. Estos establecimientos han acumulado resoluciones por muerte laboral, malversación de fondos públicos, explotación de mujeres extranjeras y facilitación de actividades criminales.
El primer precedente se remonta al 26 de diciembre de 1989, cuando el Tribunal Supremo estableció la responsabilidad civil subsidiaria de Sabiniano Gómez tras la muerte por descarga eléctrica de un trabajador en la Sauna Adán. La sentencia le impuso una indemnización de 1.500.000 pesetas a los herederos del fallecido electrocutado, quien murió durante labores de mantenimiento.
La Sauna Princesa ha generado casos judiciales complejos. En el año 2000, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la expulsión de una mujer extranjera detenida «en la sauna ‘Princesa’ sin acreditar medios económicos para subsistir en España de forma legal». El tribunal estableció que «mera detención policial por unos hechos presuntamente delictivos no integra el supuesto de hecho contemplado por la norma». Había sido acusada de hurto.
Un año después, el Supremo confirmó esta doctrina en otra sentencia en el 2001 en otro caso similar, determinando que «la mera presencia en un local donde se ejerce prostitución no constituye prueba suficiente para decretar la expulsión por carecer de medios lícitos de vida».
Explotación laboral
La sentencia más reveladora sobre el funcionamiento interno de estos establecimientos es la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2011. El fallo documenta que en la Sauna Princesa se «realizaba una actividad de prostitución en las habitaciones del piso de arriba del propio local, en las que disponía de sauna, jacuzzi, camas, etc.; la mujer cobraba a los clientes y la empresa percibía una parte de esa cuantía».
Esta resolución judicial estableció una sorprendente diferencia entre actividad laboral y prostitución: «La actividad de alterne puede ser laboral pero la prostitución es siempre autónoma, por lo que sólo se computan para efectos laborales los ingresos derivados del trabajo de camarera».
Otra sentencia habla de un desencuentro laboral de una madame que reclamaba una indemnización por despido mayor. Los hermanos Gómez Serrano admitieron la improcedencia pero se negaron a admitir que llegaba a cobrar 10.000 euros al mes.
Los establecimientos también han aparecido vinculados a casos de corrupción política. En 2009, la Audiencia Provincial de Palma condenó al ex concejal Javier Rodrigo de Santos por malversación continuada tras utilizar una tarjeta municipal para gastos personales. Entre los «hechos probados» figura que se cargaron 350 euros en la Sauna Adán de la calle San Bernardo, en Madrid.
La Sauna Bar Castellana 180 ha acumulado otras dos sentencias. La primera documenta un caso de usurpación de funciones públicas cuando con motivo de una intervención policial en el local un individuo se identificó falsamente como inspector de policía portando una placa falsa.
Trata de personas
El caso más grave corresponde al local Kilómetro Ochenta, gestionado por Francisco Enrique Gómez, hermano de Sabiniano. En 2016, una operación policial desarticuló una red de trata de personas que operaba desde este establecimiento. El encargado del establecimiento recibió tres años de prisión por coacción para ejercer la prostitución, mientras que toda la red criminal acumuló más de veinte años de cárcel.
Otra reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la condena por el hurto de un iPhone X valorado en 800 euros en el establecimiento de la Castellana. El tribunal mantuvo la sentencia de doce meses de prisión para un individuo con antecedentes penales por delitos similares.
Este historial judicial plantea un horizonte de años y años de un gran lucro del que se pudo beneficiar a título lucrativo Pedro Sánchez y multitud de incidentes de mayor o menor gravedad a nivel legal.
La documentación judicial demuestra que estos establecimientos operaron como infraestructura protagonista de actividades delictivas. La decena de sentencias firmes configuran un expediente judicial que trasciende lo anecdótico para adentrarse en el terreno de la responsabilidad institucional ligada a la más alta esfera del poder ejecutivo español.
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