El Supremo archiva la querella de Torra contra la Junta Electoral por ordenar la retirada de propaganda separatista
Quim Torra ha perdido su batalla contra la Junta Electoral Central por su empeño en mantener durante las campañas de las Generales, Municipales y Autonómicas sus pancartas de apoyo a los golpistas presos y los lazos amarillos colocados en los edificios dependientes de la Generalitat.
Quim Torra quiso llevar su batalla separatista al extremo y acusó de prevaricación a la Junta Electoral cuando acordó incompatible con las campañas de las elecciones la propaganda separatista colocada en los edificios de la Generalitat. Al president no le quedó otra que cumplirlo bajo la amenaza de acciones legales que, a la postre, se han producido y podrían acabar incluso con su inhabilitación.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada a finales del pasado mes de marzo por el president de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, contra los miembros de Junta por dichos acuerdos. El alto tribunal no ve ilícito penal alguno en los acuerdos contra los que se dirigió Torra, que veía en ellos prevaricación y califica de «burdas maniobras» sus maniobras para anularlos.
En un auto dado a conocer este viernes, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, la Sala recuerda que no concurren en este caso los requisitos ni objetivos ni subjetivos del delito de prevaricación.
Establece que los tres acuerdos impugnados en la querella de la Generalitat se dictaron en cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades de la Junta Electoral Central (establecidas en el artículo 8 de la Ley Electoral, que obliga a este órgano a velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral.
El tribunal actúa de acuerdo con el criterio de la Fiscalía del Supremo, que defendió la actuación del organismo de supervisión frente a la «inaceptable» conducta del dirigente de la Generalitat por sus «burdas maniobras» para evitar la retirada de lazos amarillos y banderas ‘esteladas’ de edificios públicos.