Los secretos de Estado y las otras 5 claves de la absolución de Villarejo por injurias al CNI

Villarejo Kitchen
El excomisario José Villarejo presta declaración. (Foto: TSJM)

La sentencia que absuelve al ex comisario José Manuel Villarejo de los delitos de injurias contra el CNI y de denuncia falsa, en este caso contra el ex director del Centro Nacional de Inteligencia, Félix Sanz Roldán, contiene varias claves jurídicas. Al menos una de ellas ha levantado ampollas entre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. OKDIARIO explica a sus lectores esas claves.

1.-¿Secretos de Estado?

La primera de las claves, y más controvertida, es la referida a qué delito supondría el hecho de filtrar una fotografía de una operación secreta antiterrorista a los medios. Aunque no era este extremo el punto fundamental del caso, el magistrado de lo Penal Número 8 de Madrid sí ha entrado al fondo del asunto, generando un “monumental enfado” entre los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Así, la sentencia afirma que: “Entregar una fotografía a un medio no supone per se violar un secreto oficial, sino que pudiera ser meramente la vulneración del deber estatutario del funcionario público de guardar sigilo sobre las informaciones que conozca por razón de su cargo” contemplado en el Artículo 199 del Código Penal.

Las fuentes consultadas por OKDIARIO difieren en sus respuestas, pues hay quien afirma que teniendo en cuenta que dicha operación es de 2015, y la fotografía de 2017, no revelaría nada. Sin embargo, otras fuentes afirman que filtrar cualquier material relacionado con una operación secreta, diciendo el lugar en el que está tomada la fotografía, podría poner en peligro no sólo a las personas que aparecen en ésta, sino a aquellos agentes que no salen, pero participaron en la operación, así como las fuentes de información conseguidas y que perduran en el tiempo.

2.-Bienes jurídicos

La siguiente clave para la absolución de Villarejo en el delito de denuncia falsa es que, según el magistrado, no se han visto lesionados ninguno de los bienes jurídicos a proteger: el respeto al correcto funcionamiento de la Administración de Justicia y, el honor, buen crédito y fama del denunciado.

Según la sentencia, y “respecto al correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, en su vertiente de no hacer que se empleen medios y tiempo en investigar hechos que el denunciante ya sabe de antemano falsos”, en la Audiencia Nacional «no se inició una instrucción penal». Y sobre “el honor, buen crédito y la fama del denunciado, que se ven cuestionados al aparecer como imputado en una causa penal y compelido a defenderse de imputaciones falsas”, Sanz Roldán “no fue imputado” en ningún momento, por lo que no se podría aplicar este precepto.

3.-Sí hubo operación

Además, el juez explica en su sentencia que la operación encubierta que relata Villarejo sí existió pues un testigo explicó, pese al carácter de secreto oficial de la operación, “que se confirmó la finalidad esencial del viaje, que el mismo estaba autorizado por el secretario de Estado del Ministerio del Interior, y que Villarejo era uno de los asistentes”.

Por todo ello, el magistrado afirma que “ni Villarejo obró en conciencia de imputar hechos falsos, ni tampoco incurrió en un temerario desprecio a la verdad, pues no parece como totalmente absurdo, descartable, o fruto de la particular ideación del acusado, el relato de los hechos que expuso en la denuncia”.

4.-Injurias: el CNI no es ni militar ni de los CFSE

Según la sentencia no se puede condenar a Villarejo por el delito de injurias porque el Código Penal no contempla al CNI dentro «del ámbito típico del delito», que incluiría a los militares y a los Cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado. Y en ese sentido expone el magistrado que, el Centro Nacional de Inteligencia carece de “cualquier naturaleza militar”, por lo que habría que ver si se puede asimilar a los CFSE.

Dentro de los CFSE se incluye a la Policía Nacional, la Guardia Civil, las policías autonómicas, así como las policías locales, por lo que “el Centro Nacional de Inteligencia no queda englobado en éstos”.

5.-El CNI no tiene derecho al Honor

La segunda cuestión por la que el ex comisario podría haber sido condenado por injurias es si hubiese faltado al honor del CNI. Sin embargo, dice la sentencia que “la Ley establece que el Centro Nacional de Inteligencia es un organismo público que, además, con arreglo al Artículo 7.2 de la Ley 11/2002, goza de plena personalidad jurídica”.

Y en referencia a este punto, el Tribunal Supremo se pronunció en una de sus sentencias diciendo que, “las personas jurídicas de Derecho Público no son titulares del Derecho al Honor que garantiza la Constitución Española”. Por lo que existiría “la falta de titularidad del bien jurídico protegido por el delito invocado por el CNI, y por el hecho de no estar el mismo incluido en el ámbito subjetivo pasivo del Artículo 504.2 del Código Penal, no cabe afirmar que se haya podido cometer este delito de injurias por el acusado, por lo que debe resultar absuelto del mismo”.

Corinna

Capítulo aparte merece el tramo de la sentencia que relata y, por tanto, da por buena, la declaración de la amiga del Rey emérito Juan Carlos I; la princesa alemana, Corinna Sayn Wittgenstein. Villarejo estaba acusado de injurias entre otras cosas, por la entrevista en la que contó no solo lo de la fotografía, sino que Sanz Roldán, había amenazado a Corinna.

El magistrado recoge en su sentencia todo lo dicho por ésta, y publicado por OKDIARIO, que coincide con lo relatado por Villarejo tanto en la entrevista en La Sexta como en la instrucción del caso y en el propio juicio.

Hechos muy graves como que Sanz Roldán trató de entrar su piso y su oficina en Mónaco con la excusa de buscar micros, que ella se negó, y que ante la negativa él le dijo que una reunión orquestada supuestamente por el emérito con el ex director del CNI que, no podía asegurar la seguridad física de la princesa alemana ni la de sus hijos. La princesa alemana también aseguró que incluso llegó a encontrar un libro sobre la muerte de Diana de Gales y que, tras verlo, recibió una llamada en la que le decían que tanto en Londres como en Mónaco “hay muchos túneles”, en clara referencia a la muerte de Diana de Gales.

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