Sánchez cede ante Iglesias: abre la puerta a los ‘pisos patera’ para cobrar el ingreso mínimo vital

El certificado de empadronamiento no requerirá el consentimiento de las personas inscritas en el mismo domicilio que el solicitante

Pablo Iglesias
Sánchez mira a su vicepresidente segundo Pablo Iglesias en el Senado. Foto: Dani Gago
Carlos Cuesta

Las quejas por la falta de pago del ingreso mínimo vital han llegado por todas partes. Su propia regulación lo ha convertido en una paga redundante de las ya existentes y, por lo tanto, se está rechazando en la tramitación. Iglesias ha exigido a Sánchez que amplíe el pago para calmar a sus votantes. Y Sánchez ha cumplido pero, además, por una vía caótica: la de eliminar requisitos en la solicitud. El resultado no es otro que el hecho de haber abierto la puerta a solicitar el ingreso mínimo vital usando los ‘pisos patera’ como justificante de residencia.

La reforma ha sido colada por la puerta de atrás de la Ley de Regulación del Teletrabajo. Allí se ha aprovechado para pagar parte de las exigencias políticas fruto de la negociación de Presupuestos. Y Podemos ha sacado partido de ello reduciendo los requisitos para poder solicitar el ingreso mínimo vital.

El texto de esa ley señala que «por otra parte, se introduce a través de este real decreto-ley una reforma imprescindible y es que la puesta en marcha de los procedimientos de reconocimiento de la prestación no contributiva de ingreso mínimo vital, regulada en el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital, ha hecho evidente la necesidad de modificar con urgencia algunos de sus preceptos con la finalidad de dar cobertura al mayor número de personas en el menor tiempo posible».

Dicho y hecho. Porque la norma rebaja los requisitos para pedir este pago hasta el punto de abrir las solicitudes a aquellos que no busquen un empleo y que se encuentren en ‘pisos patera’.

La norma señala que «se llevan a cabo mejoras en la redacción del texto que han de repercutir positivamente en agilizar el acceso a la misma, aumentando las competencias del Instituto Nacional de la Seguridad Social para llevar a cabo el reconocimiento de oficio de la prestación económica transitoria de ingreso mínimo vital durante 2020, o habilitando la base de coordinación padronal del INE para la confirmación de las solicitudes cuando coincidan los datos aportados por el solicitante de la prestación».

Certificado de empadronamiento

¿Cómo se hace este último punto? Pues porque «en esta misma línea, el certificado de empadronamiento no requerirá el consentimiento de las personas empadronadas en el mismo domicilio que el solicitante, al tiempo que se contempla una fase previa de admisión vinculada exclusivamente a la situación de vulnerabilidad económica».

Traducido: aunque no se demuestre que no se usa esa vivienda de forma masiva y colectiva para justificar costes, se podrá reclamar el ingreso mínimo vital. Dicho de otra manera: barra libre para usar los ‘pisos patera’ para solicitar el pago del ingreso mínimo vital de forma masiva.

El texto continúa: «Mención especial merece la supresión de ser demandante de empleo, que pasa a configurarse como una obligación de los beneficiarios sin perjuicio de la previsión de excepciones». Además, «ante la complejidad en la tramitación de la prestación, y en aras de garantizar el acceso a la protección, se modifica la Disposición transitoria segunda para ampliar el periodo de efecto retroactivo allí previsto. Así, las solicitudes que se hubieran presentado antes del 1 de enero de 2021 verán, en su caso, reconocida la prestación con efectos del 1 de junio del presente año».

Así, los «Requisitos de acceso» en esta materia quedan de la siguiente manera:
 «Todas las personas beneficiarias, estén o no integradas en una unidad de convivencia, deberán cumplir los siguientes requisitos:
-Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud. No se exigirá este plazo respecto de:

-Los menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

-Las personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual  Las mujeres víctimas de violencia de género».

Añade que «a efectos del mantenimiento del derecho a esta prestación, se entenderá que una persona tiene su residencia habitual en España, aun cuando haya tenido estancias en el extranjero, siempre que estas no superen los noventa días naturales a lo largo de cada año natural o cuando la ausencia del territorio español esté motivada por causas de enfermedad debidamente justificadas».

Pablo Iglesias había reconocido ya que su medida estrella para paliar la pobreza, el ingreso mínimo vital, «tiene muchos defectos». Fue el diputado del Grupo Parlamentario Popular, Alberto Fabra, quien criticó que la tramitación del sueldo prometido por el de Podemos «está siendo un desastre». Iglesias, lejos de corregirle, le dio la razón: «Mucha gente que lo ha solicitado no lo ha recibido a pesar de que lo necesite». Pero tomó nota. Pidió cambios a Pedro Sánchez. Y Sánchez ha asumido.

Lo último en España

Últimas noticias