Echenique esgrime su forma de hablar “no meditada” para intentar librarse de la condena de 80.000 €

Pablo Echenique
El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique
Carlos Cuesta

Pablo Echenique es el primero que se ha insultado a sí mismo en un acto con relevancia judicial y oficial. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado los recursos del portavoz de Podemos y de Juanma del Olmo contra la sentencia que les condenó a pagar 80.000 euros por atentar contra el honor de Manuel López, a quien en 2019 acusaron de haber violado a la entonces candidata de Podemos a la Alcaldía de Ávila, Pilar Baeza. Echenique se vio tan atrapado en el juicio que esgrimió su “forma no meditada” de hablar para intentar evitar la condena. Traducido: que no piensa demasiado lo que dice.

La sentencia deja constancia de uno de los argumentos más esotéricos jamás imaginado para intentar librarse de un pago. El de que se habla sin meditarlo ni fundamento. Y hace referencia a Echenique.

El texto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid señala que “se alega en el recurso que el señor Echenique efectuó sus manifestaciones de forma no meditada, en el curso de una rueda de prensa convocada para tratar de otro tema”. El Tribunal literalmente se quita de encima un argumento semejante y señala que “efectivamente, en esas circunstancias se efectuaron sus declaraciones, pero si su imputación del delito de violación hubiera sido fruto de la improvisación, podría haber efectuado la correspondiente rectificación, rectificación que no consta que se haya producido”.

El texto del fallo añade que “el hecho de que las manifestaciones se produjesen en el marco de una contienda electoral tampoco las justifica, ya que si bien en situaciones de contienda política se puede adaptar una postura más permisiva en favor de la libertad de expresión, ello es cuando las posibles afrentas se refieren a quien está inmerso en dicha contienda política (Sentencias del Tribunal Supremo de 26 de julio de 2021, 16 de julio de 2019 y 11 de octubre de 2017, entre otras), pero de lo actuado se desprende que tanto el actor como el finado son ajenos a la actividad política”.

Así, la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado los recursos de Pablo Echenique y Juanma del Olmo contra la sentencia que les condenó a pagar 80.000 euros por atentar contra el honor de Manuel López, a quien en 2019 acusaron de haber violado a la entonces candidata de Podemos a la Alcaldía de Ávila, Pilar Baeza. López fue asesinado en 1990 en un crimen por el que fue condenada como cómplice la que fuera aspirante de la formación morada.

Pese a que no existe ninguna prueba de que López agrediera sexualmente a Baeza, Echenique –sobre el que ya pesan dos condenas– aseguró ante los medios de comunicación que 35 años antes “fue una mujer violada”. Del Olmo, por su parte, se pronunció en redes manifestando: “Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad”.

El hermano de Manuel López denunció a ambos dirigentes de Podemos después de mostrar su apoyo a esta candidata argumentando que fue violada por la víctima, extremo ahora considerado por la Justicia como una intromisión ilegítima en el honor del asesinado.

En la denuncia, la familia reclamaba a la formación y al entonces secretario de Acción de Gobierno de Podemos, Pablo Echenique, una indemnización de 300.000 euros por intromisión al honor, pero la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Leganés condenó a los podemitas a abonar a la familia de la víctima 80.000 euros por los daños causados, una sentencia que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial de Madrid.

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