Juicio del 'procés'

Nuevo varapalo para los golpistas: la Justicia tumba la querella de Junqueras contra el Supremo

La magistrada señala en su Auto cómo el propio ex vicepresidente de la Generalirat reconoce que "los hechos presuntamente delictivos" fueron cometidos por "personas que disfrutan de un fuero especial".

El Supremo avisa a Torra de que prevaricará si excarcela a Junqueras y los golpistas

Oriol Junqueras recurso
Oriol Junqueras cuando abandonó la cárcel de Lledoners. Foto: EP

El Juzgado de Instrucción nº 7 de Manresa ha tumbado la querella de Oriol Junqueras contra el Tribunal Supremo por supuestos delitos de amenazas, coacciones, usurpación de funciones administrativas y contra el ejercicio de derechos fundamentales, a raíz de un mensaje emitido en nombre del Supremo sobre la presunta responsabilidad penal de los miembros de la Junta de Tratamiento Penitenciario en la revisión de la clasificación de los presos del ‘procés’ y la posibilidad de permitirles su salida de prisión para pasar el confinamiento, declarado por el Gobierno, en régimen de ingreso domiciliario.

La titular del Juzgado ha rechazado, de plano, la acción planteada por el ex vicepresidente de la Generalitat de Cataluña por la comunicación de la Sala Penal del Alto Tribunal donde se advertía a los funcionarios de las juntas de tratamiento de las cárceles de que podían prevaricar si le permitían ese confinamiento en su casa. La juez entiende que no es competente para conocer de dicha causa por la condición especial los presuntos autores de los delitos: magistrados del Tribunal Supremo, sujetos a un fuero especial.

En un comunicado emitido el pasado 31 de marzo, el Supremo confirmó que «en el caso de que la Junta de Tratamiento de las cárceles donde se encuentran los presos de la causa del ‘procés’ acuerde su excarcelación para cumplir el confinamiento en sus respectivos domicilios», el Alto Tribunal «se dirigirá a cada de esas juntas de régimen general»-que dependen de la Generalitat- «y al director/directora de los centros respectivos para que a la mayor brevedad expliquen el fundamento jurídico que justifica esa decisión e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo».

Además, la Sala Segunda indicó en que de dicha actuación podrán derivarse «responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación» contra las autoridades responsables y los trabajadores públicos que participen de las mismas.

El abogado de Junqueras concluyó que «la voluntad de afectar a la toma de decisiones libre de los funcionarios miembros de las Juntes de Tratamiento es obvia».

El texto de la querella de Junqueras consideró que «la más lógica posibilidad» es que la autoría del mensaje fuera de miembros del Supremo o del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), aunque constató que faltaban indicios para afirmarlo, por lo que pidió al juez de instrucción investigar la actuación e identificar a los responsables. La escrito presentado citó, además, a diversos organismos oficiales que habían aconsejado tomar medidas para salvaguardar del coronavirus a cualquier preso, y añadió que la Generalitat estudiaba aplicar medidas en este sentido.

Por eso, las juntas de tratamiento se disponían a examinar, caso por caso, la flexibilización temporalmente limitada al tiempo de emergencia sanitaria, aunque en el momento de pronunciarse el Supremo todavía «no existía ninguna decisión», alegó Junqueras. El líder de los republicanos catalanes afeo, además, que la advertencia del Supremo apareció antes en la prensa online de lo que lo hizo «el anuncio» oficial por parte de «la Oficina de Comunicación del Tribunal Supremo, que es un órgano de la estructura del Poder Judicial».

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