ASAMBLEA DE MADRID

Dos mociones de censura tardías del PSOE y Más Madrid intentan bloquear las elecciones

Dos mociones de censura tardías del PSOE y Más Madrid intentan bloquear las elecciones
Ángel Gabilondo e Íñigo Errejón. (Foto. EFE)
Paula Baena

Más Madrid y PSOE han presentado sendas mociones de censura a Isabel Díaz Ayuso, después de que esta haya disuelto la Asamblea de Madrid y haya convocado elecciones autonómicas anticipadas el próximo 4 de mayo.

Una situación que ha abierto una incógnita legal puesto que, si hay una moción de censura en curso no se pueden convocar elecciones, tal y como establece el artículo 21.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

«El Presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea durante el primer período de sesiones de la legislatura, cuando reste menos de un año para la terminación de la legislatura, cuando se encuentre en tramitación una moción de censura o cuando esté convocado un proceso electoral estatal», señala el Estatuto, en un artículo pensado para que un presidente no pueda eludir una moción presentada que se encuentre ya en curso con un adelanto electoral.

Según han confirmado fuentes de la presidenta Díaz Ayuso, la firma del Decreto se ha producido en torno a las 12.00 horas del mediodía, mientras que ambas mociones de censura se han presentado, según han señalado fuentes tanto de Más Madrid como de PSOE, pasadas las 13.00 horas.

Sin embargo, Más Madrid se aferra al artículo 2 de la Ley 5/1990, de 17 de mayo, Reguladora de la Facultad de disolución de la Asamblea de Madrid por el Presidente de la Comunidad que indica que «el Decreto de disolución se publicará en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y entrará en vigor en el momento de su publicación».

Una publicación que se producirá mañana por lo que, para Más Madrid, hasta esa publicación el acuerdo tomado por la presidenta, previa deliberación en el Consejo de Gobierno tal y como dicta el artículo 21.1 del Estatuto -«el Presidente de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Gobierno y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de la Asamblea»- se pueden presentar mociones de censura infinitas hasta que se produzca esa publicación en el BOCM.

Dudas jurídicas en la Asamblea

Los propios servicios jurídicos de la Asamblea, tal y como han informado fuentes de la Cámara a OKDIARIO, tienen dudas jurídicas respecto a qué prevalece, si el acuerdo tomado por la presidenta y la firma del Decreto o la posterior registro de las mociones de censura, que aún no han sido si quiera admitidas a trámite.

La Mesa de la Asamblea, con mayoría de Ciudadanos y PSOE, van a estudiar hoy si aceptan las tramitaciones de esas mociones presentadas por Más Madrid, en la que proponen de candidato a la diputada Mónica García, y la de PSOE, con Ángel Gabilondo como candidato, cuando ya conocían que la presidenta autonómica había firmado el Decreto de disolución de la Cámara y convocatoria electoral.

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