Juristas sobre la marcha de Juan Carlos I: «Lo importante es que si la Justicia le requiere vuelva a España»

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Expertos en Derecho consultados por OKDIARIO explican que en el supuesto caso de que sea llamado a declarar por el Tribunal Supremo, debido a su condición de aforado, deberá hacerlo presencialmente

Juan Carlos I
El Rey emérito Juan Carlos I. (Foto: Europa Press)

La salida de Juan Carlos I de España no afectará a las investigaciones que se llevan a cabo en Suiza y España –en la que en ninguna está imputado el Emérito–, pero en el supuesto caso de que sea llamado a declarar por el Tribunal Supremo, debido a su condición de aforado, deberá hacerlo presencialmente.

Así lo sostienen distintos expertos en Derecho Constitucional, consultados por OKDIARIO. Descartan la opción de videoconferencia para «un asunto judicial de esta importancia» que se investigaría en la Sala Segunda del Alto Tribunal.

Ramón Rodríguez Arribas, vicepresidente emérito del Tribunal Constitucional, magistrado jubilado del Tribunal Supremo y abogado, asegura que el cambio de domicilio del Rey emérito «no afecta en absoluto» a las investigaciones del Cantón de Ginebra o las diligencias informativas que se están llevando en la Fiscalía del Supremo.

Rodríguez Arribas explica que «en primer lugar porque su abogado ya ha manifestado que el Rey emérito está a disposición de las autoridades que le reclamen, y en segundo lugar, es absurdo y no va con su carácter, eso sería reconocer que es un delincuente y no lo es».

«Su situación es la misma que hace 15 días, el problema político es el que le ha empujado a irse de España por razones políticas pero nada más», añade.

«Su situación es la misma que hace 15 días, el problema político es el que le ha empujado a irse de España por razones políticas pero nada más»

Tribunales españoles

Rodríguez Arribas explica que «en el caso de que las investigaciones seguidas en Suiza llegaran a término y fuese necesario continuar la instrucción, tendría que ser en España y la Sala Segunda del Tribunal Supremo porque el país helvético no tiene competencia territorial: ni el Rey está allí, ni reside allí».

Este magistrado asevera que en el supuesto de que al Rey se le abriese una investigación por supuestos delitos de blanqueo de capitales «la competencia siempre sería de los tribunales españoles».

«Aunque Suiza tuviese competencias, el Rey nunca sería entregado, de acuerdo al artículo tercero de la Ley de Extradición pasiva, que prohíbe terminantemente entregar españoles a un país extranjero. Se le puede juzgar aquí por delitos cometidos en el extranjero pero no entregarle a otro país, porque la soberanía nacional protege al ciudadano español de manera que éste está sometido sólo a los tribunales españoles».

Pero las circunstancias actuales son diferentes: el Rey se marcha de España, y por tanto no vivirá en su país. Rodríguez Arribas lo tiene claro: «Esto no será un problema porque regresará como lo hacen todos los españoles para que le ampare la soberanía del Estado español».

No está imputado

En esta línea, fuentes cercanas al Tribunal Constitucional aclaran que el Rey en este momento no está imputado ni sometido a ninguna medida cautelar, por tanto el cambio de domicilio no afecta a su situación actual.

Las mismas fuentes exponen que «las investigaciones que lleva el juez Manuel García-Castellón, en referencia a la pieza Carol del caso Villarejo, no afectan al Emérito porque él es aforado por lo que no puede ser investigado judicialmente por un juez de la jurisdicción ordinaria. El juez ha llamado a declarar a Corinna por otro asunto relacionado con un presunto encargo al comisario José Manuel Villarejo en relación con una asistente y, en principio, sólo puede ser interrogada por ese hecho». Esto es, añade, «porque no se puede justificar que un juez de la jurisdicción ordinaria investigue a un aforado ni directa ni indirectamente».

Actualmente el padre del Rey Felipe VI está siendo objeto de unas diligencias de investigación informativa por parte del Ministerio Fiscal por el cobro de comisiones por el contrato del AVE a La Meca. Este procedimiento prejudicial de carácter reservado no implica ninguna limitación de medidas cautelares de carácter personal contra el afectado, por tanto no afecta la libertad de movimiento.

Si es investigado

En el supuesto de que el Supremo decidiera investigarle porque recibiese una querella por parte del Ministerio Fiscal o porque el juez García-Castellón hallase en el curso de sus investigaciones algún indicio que considerara delictivo y elevara una exposición razonada, «el Rey Juan Carlos I debería volver a España para declarar de manera presencial» aseguran las fuentes consultadas por OKDIARIO. Se descarta de este modo, el uso de videoconferencias porque –aseguran– «se trata de un asunto de extrema importancia».

El abogado penalista Rafael Abati, en línea con los otros expertos, manifiesta que el cambio de domicilio del Rey emérito «no afecta mientras que él responda a las requisitorias que se le hagan por parte de la Justicia española o Suiza». Afirma: «Yo no pongo en duda que él vaya a atender todo lo que le requiera la Justicia».

Además, añade que la inviolabilidad será clave para las investigaciones llevadas a cabo por el fiscal Yves Bertossa, puesto que en el supuesto de que se hubiese cometido un presunto delito de blanqueo de capitales «éste dinero procedería de una presunta actividad delictiva que queda amparada por la inviolabilidad y, por ello, al no existir este delito tampoco existe el origen ilícito del dinero».

Tal y como adelantó OKDIARIO, el monarca cometió un presunto delito fiscal al recibir 65 millones de euros del Rey de Arabia Saudí que nunca declaró en España y escondió en Suiza pero que, según fuentes judiciales, estarían prescritos y, además, en ese momento el Rey gozaba de inviolabilidad de acuerdo con el artículo 56.3 de la Constitución española. Sin embargo, los fiscales del Supremo están analizando la documentación recibida desde el Cantón de Ginebra para averiguar si Juan Carlos I cometió hechos susceptibles de ser delictivos después de su abdicación en junio de 2014.

El letrado Marcos Molinero asegura: «Se puede vivir en cualquier lugar del mundo. El domicilio es independiente, lo importante es que cuando se le requiera judicialmente acuda a la autoridad que le requiere. Dudo que el Rey Juan Carlos I se marche para evitar a la Justicia porque ha dicho que está a su disposición, lo que ha hecho es alejarse del foco mediático».

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