Tribunales

El juez rechaza la recusación de Zapatero a la joyería Yanes para que tase sus joyas

El ex presidente alegaba una supuesta falta de imparcialidad, algo que descarta el magistrado

Zapatero, joyas
Rosalina Moreno

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, instructor del caso Plus Ultra, ha rechazado la recusación del ex presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a la joyería Yanes como perito para tasar las joyas que le fueron incautadas en su despacho el pasado 19 de mayo.

La defensa de Zapatero alegaba falta de imparcialidad e interés directo o indirecto de la entidad judicialmente designada para elaborar la pericial dado que «el director general y uno de los titulares de la firma, Juan Yanes López, había realizado manifestaciones públicas a los medios de comunicación anticipando juicios sobre la autenticidad y el valor global de las piezas».

Además, señalaba que había ofrecido aproximaciones cuantitativas que, según el abogado del ex presidente, influyen en cuestiones subjetivas como el valor de reposición y la estimación conjunta del lote.

Meras sospechas

Frente a estos argumentos, el juez explica en su auto, dictado este martes, que la recusación constituye un mecanismo de configuración legal estricta que no admite interpretaciones extensivas ni analogías fundadas en meras sospechas de predisposición o apariencia de parcialidad.

En este sentido, afirma que Zapatero no identifica ni acredita la concurrencia de ninguna de las causas legalmente previstas, limitándose a invocar una supuesta falta de imparcialidad derivada de determinadas declaraciones efectuadas ante medios de comunicación por quien ostentaba la dirección general de la entidad a la que pertenece el perito a designar.

«Tal alegación no permite apreciar, ni siquiera indiciariamente, la existencia de parentesco, amistad, enemistad o interés personal del perito recusado en el resultado del procedimiento», tal y como requiere el artículo el artículo 468 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Calama destaca que lo relevante no es la existencia de una opinión previa sobre el objeto en litigio, sino la concurrencia de un interés personal, directo o indirecto, en el resultado del proceso, circunstancia que ni se alega con precisión ni aparece «mínimamente acreditada».

El magistrado explica también que la ley excluye la posibilidad de la recusación cuando el examen técnico inicial que se practique puede realizarse nuevamente en la hipotética fase de juicio oral bajo los principios de inmediación, oralidad y contradicción.

Y apunta que en este caso, los efectos estarán a disposición del tribunal que, en su caso, enjuicie los hechos y de las partes para que el perito proceda nuevamente a su observación, edición, clasificación y valoración. Una prueba que podrá ser sometida a interrogatorio y contradicción por todas las partes personadas.

Recusación prematura

La resolución señala, además, que la recusación es prematura porque todavía no están identificados los profesionales concretos que realizarán la pericia y sólo se ha designado a la entidad Yanes.

«En definitiva, las manifestaciones públicas realizadas por quien ejerce funciones directivas dentro de la entidad de pertenencia del perito a designar no constituyen una causa legal de recusación, no permiten inferir por sí mismas un interés personal del experto en el resultado de la causa y, en todo caso, quedan neutralizadas por las garantías de contradicción, inmediación y libre valoración que presidirán la práctica de la prueba pericial en el juicio oral», concluye el magistrado.

Calama acordó solicitar a Yanes este informe pericial gemológico y joyero el pasado 21 de septiembre. En su auto, el juez precisó que «los gemólogos y tasadores deberán pronunciarse sobre distintos extremos de las piezas de joyería, como la posible identificación del área geográfica de creación, la identificación de los metales preciosos, su valor de reposición actual y del conjunto del lote, así como su antigüedad, entre otros extremos.»

Del mismo modo, el instructor comunicó a la defensa deZapatero que en un plazo de tres días podía aportar al órgano judicial toda la documentación que tenga en su poder en relación con las joyas.

En la resolución acordó dar traslado a la joyería Yanes de los seis dictámenes gemológicos realizados por el Instituto Gemológico Español el pasado mes de junio sobre las piezas de joyería incautadas.

Sus hijas, citadas a declarar este miércoles

Las hijas de Zapatero, Laura y Alba Rodríguez Espinosa, están citadas a declarar este miércoles, 20 de septiembre, en calidad de investigadas. La primera a las 9:00 horas y la segunda a las 12:00. Calama ha citado también a declarar como testigos, el próximo 19 de noviembre, a José Ángel Partearroyo, ex director de Participadas de SEPI, y a Félix Martín, ex director financiero de Plus Ultra.

El ex presidente está imputado en el caso Plus Ultra como presunto líder de «un estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias» cuya finalidad es «la obtención de beneficios económicos mediante la intermediación y el ejercicio de influencias ante instancias públicas en favor de terceros, principalmente Plus Ultra».

Según el magistrado instructor, esta trama utilizó sociedades instrumentales, documentación simulada y canales financieros opacos «para ejercer influencias ilícitas, ocultar el origen y destino de los fondos y obtener beneficios económicos en favor de terceros y del propio entramado».

Zapatero está doblemente imputado. Por un lado, en la pieza principal por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, tráfico de influencias y falsedad documental. Y, por otro, en una pieza separada por delito fiscal y contrabando por las joyas, que como ha revelado en exclusiva OKDIARIO, están valoradas en 1,3 millones de euros. 

El juez Calama ha acreditado que el ex presidente y su entorno más inmediato —incluidas sus hijas— habrían recibido casi dos millones de euros a cambio de ejercer influencias para que la aerolínea Plus Ultra obtuviera un rescate público de 53 millones de euros con cargo al Fondo de Apoyo a la Solvencia de la SEPI.

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