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Los indultos obligan a los golpistas a no reincidir entre 3 y 6 años o volverán a prisión

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El juicio del procés. Foto EP

Las claves para conceder los indultos por parte del Gobierno de Pedro Sánchez incluyen una ‘cláusula’ para los condenados que les obliga a no reincidir en los delitos cometidos si no quieren volver a prisión. Los expedientes de la medida de gracia que ha elevado el Ministerio de Justicia al Consejo de Ministros contemplan la extinción de las penas de prisión que les resta por cumplir a los nueve condenados por sedición y malversación en el procés, pero también fijan que se impondrá un periodo de seguridad de entre 3 y seis años que condiciona el perdón a que no vuelvan a reincidir en el delito. Es decir, si algunos de ellos delinque, volvería automáticamente a prisión.

La propuesta de indulto no se aceptará para todos los condenados. Así, sí se verán agraciados los nueve presos que cumplen condenas de prisión por sedición y rebelión. Sin embargo, los tres independentistas que fueron condenados por desobediencia no serán indultados. En este caso se encuentran Meritxell Borrás, Santi Vila y Carles Mundó, quienes ya pagaron las multas que se les impusieron los magistrados del Supremo, y extinguieron su responsabilidad penal, al finalizar las penas de inhabilitación que les fueron impuestas.

Indultos parciales

Además, los indultos serán parciales, por lo que las penas de inhabilitación para cargo público que se impusieron al resto de condenados, entre ellos el ex vicepresident Oriol Junqueras, no se toca en la medida de gracia aprobada por el Gobierno.

Según la citada información adelantada por la Cadena Ser, los nueve expedientes que serán aprobados por el Consejo de Ministros recogen los antecedentes de los presos y su comportamiento durante la condena, los aspectos jurídicos y la motivación de la medida.

Motivación

En la justificación de los indultos, el Gobierno de Pedro Sánchez también ha entrado a valorar la afirmación recogida en uno de los informes preceptivos, en la que el Tribunal Supremo, como sala que juzgó el caso, señalaba que con esta decisión podría considerarse, al ser varios de los condenados miembros de un partido socio del actual Gobierno, que éste podría estar «autoindultándose».

En cuanto a las motivaciones con las que se va a justificar la excarcelación de los condenados del procés, se incide en uno de los tres aspectos contemplados en la Ley de Indulto, el de la utilidad pública, rechazando razones de justicia y equidad.

En este sentido, según las mismas fuentes, se valora escenario en Cataluña si no se concediera el perdón y se concluye que la medida de gracia supone beneficios porque ayuda a apuntalar la convivencia y la concordia, evitando además que los presos del ‘procés’ se presenten ante la sociedad como mártires.

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