Ministerio de Hacienda

Hacienda pierde 1.174 juicios contra ciudadanos y ha tenido que pagar 5 millones en costas en 5 años

recortes, María Jesús Montero
Pedro Sánchez y María Jesús Montero.

El Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria la toman cada año con miles de españoles en los tribunales. Según los datos en poder de OKDIARIO, en los últimos cinco años el Gobierno ha iniciado 9.452 procedimientos judiciales por cuestiones fiscales con ciudadanos españoles y extranjeros.

De los 4.900 juicios que ya han concluido, 1.174 han sido con sentencia desfavorable para la Administración. Aproximadamente en uno de cada cuatro casos los tribunales, tras un duro trago para el contribuyente, dan la razón precisamente a David frente a Goliat. En este mismo periodo se han tenido que pagar 5.062.735 euros en costas judiciales.

Así consta en una respuesta oficial del Gobierno a través del Portal de Transparencia. La mayor parte de pleitos fueron por lo contencioso administrativo (4.087). A continuación, están las impugnaciones concursales (2.499), los juicios por lo penal (1.966), por lo civil (698) y por lo social (202). Llama la atención que de los procesos finalizados han perdido 508 por lo penal y 314 contenciosos.

Respuesta oficial de la Agencia Tributaria. (Clic para ampliar)

1.949 inspectores

Por otra parte, la Agencia Tributaria detalla el número de inspectores de Hacienda que hay en plantilla actualmente y la evolución de esta cifra en los últimos años. A 31 de diciembre de 2021 el número de puestos ocupados por inspectores de Hacienda del Estado es de 1.949. Esta cifra ha crecido progresivamente desde 2017, cuando había 1.794 funcionarios de estas características. No obstante, el documento del Ministerio precisa que «no todos los miembros de este cuerpo realizan labores de inspección».

Por otra parte, indican que «la Agencia Tributaria no soporta gastos directos por la representación y asistencia letrada en España, al estar atribuida por la Ley de Asistencia Jurídica al Estado». El pago de conceptos como «desplazamientos estarían, en su caso, englobados en las dietas e indemnizaciones por razón de servicio que perciben los abogados del Estado en su condición de funcionarios». Por ello, no pueden dar información concreta sobre estos gastos.

Sobre los importes pagados en costas procesales a las que ha sido condenada la Agencia Tributaria, informan que sólo contabilizan las cuantías a cuyo pago ha sido condenada la Agencia Tributaria en los procedimientos judiciales en los que ésta ha sido parte. En este sentido, comentan que las condenas en costas de pleitos contencioso-administrativos que traen causa de cuestiones tributarias no son abonadas por la Agencia Tributaria, sino por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, ya que el órgano demandado en el procedimiento judicial es un órgano económico-administrativo, que no depende de la Agencia Tributaria sino del Ministerio.

Pagos en costas judiciales. (Clic para ampliar)

En cuanto a las costas judiciales a favor en los pleitos que gana la Agencia Tributaria, las mismas «se ingresan en el Tesoro, no en el presupuesto de la Agencia Tributaria, por lo que no se dispone tampoco de ese dato».

Del mismo modo, OKDIARIO pedía las cantidades de dinero que se han recaudado a través de sentencias judiciales ganadas con sentencia firme pero «no se puede facilitar ese dato porque la información no está estructurada, ya que no todos los pleitos conllevan una condena pecuniaria [multa que hay que pagar al Estado], por lo que se tendría que examinar cada pleito para poder determinar si hay condena pecuniaria y si se ha ejecutado».

Por último, descartan detallar el número de expedientes que abordan
de media cada inspector en un año. «Dadas las funciones, estructura y competencia de las Dependencias Regionales de Inspección, nos obligaría a establecer un proceso de reelaboración ya que tendríamos que solicitar a cada Dependencia Regional un proceso de análisis de los expedientes finalizados en un año determinado, para que nos remitiesen, de todos los expedientes finalizados, el número de expedientes finalizados individualmente por los inspectores, por otro lado, el número de expedientes finalizados en equipo, etc.», justifican.

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