La Fiscalía acepta la absolución de Trapero sin recurrir aunque pedía 10 años de cárcel para él
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha renunciado a recurrir la absolución del mayor de los Mossos d’Esquadra José Luis Trapero de los delitos de sedición y desobediencia de los que le acusó y por los que pedía para él 10 años de cárcel o inhabilitación y multa, respectivamente.
En una nota de prensa, la Fiscalía, que al inicio del juicio le pedía 11 años de cárcel por un delito de rebelión aunque luego rebajo la petición un año, ha informado de que ha adoptado esta decisión «tras un estudio sereno, ponderado y riguroso de la sentencia y su voto particular», al entender que las «limitaciones legales que actualmente rigen el recurso de apelación» no harían prosperar el recurso. En la misma nota de prensa, la Fiscalía argumenta que «la celebración de un nuevo juicio, (en la mas alejada de las hipótesis de admisión de un eventual recurso), se presenta estéril, pues al practicar de nuevo lo que ya se hizo en el plenario y no poder aportarse prueba nueva o distinta a la que se tuvo en cuenta para formular la acusación, se repetiría el fallo y se dictaría una nueva sentencia del mismo sentido de la recurrida».
Debido a que en este procedimiento la Fiscalía es la única acusación y que las defensas están conformes con el fallo absolutorio, la sentencia que se dio a conocer el pasado 21 de octubre adquiere firmeza.
Además de Trapero, resultaron absueltos de los mismos delitos, el ex director de los Mossos Pere Soler, el ex secretario general de Interior César Puig (segundo del ex consejero Joaquim Forn, condenado a 10 años y medio por sedición) y la intendente de los Mossos Teresa Laplana por los sucesos ocurridos en Cataluña los días 20 y 21 de septiembre de 2017 y el referéndum del 1-O. La Sección Primera de la Sala de lo Penal absolvió a Trapero, los jefes políticos de la policía autonómica y a la intendente Laplana al entender que no ha quedado acreditado que se pusieran de acuerdo con los líderes del proceso independentista de Cataluña para que la policía autonómica no cumpliera los mandamientos judiciales con el fin de impedir la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Ante esta decisión adoptada por mayoría por los magistrados Ramón Saéz (ponente) y Francisco Vieira, la presidenta del tribunal, Concepción Espejel, emitió un voto particular discrepante.