La familia Franco acudirá «hoy mismo» al Constitucional para frenar la exhumación

Valle de los Caídos
Valle de los Caídos. Foto: Europa Press

La familia Franco va a acudir «hoy mismo» al Tribunal Constitucional para presentar un recurso de amparo contra la sentencia del Supremo y paralizar como medida cautelarísima la exhumación de los restos del dictador y su traslado al cementerio de Mingorrubio-El Pardo.

Los nietos de Franco piden al Constitucional que no les impidan decidir el destino de los restos de su abuelo y que amparen los mismos derechos fundamentales que ya reclamaron al que tuvieran en cuenta a la hora de estudiar el recurso de la familia contra el acuerdo del Consejo de Ministros. El abogado de la familia Franco, Luis Felipe Utrera Molina, ya adelantó que recurrirían la sentencia ante el Constitucional al sentir una «profunda decepción» con la decisión del Supremo.

«Nunca pensamos que el Tribunal Supremo pudiese pasar por alto clarísimos vicios de inconstitucionalidad como afecta al Real decreto ley y que, por otro lado, validase una actuación arbitraria y contraria a derecho», dijo el letrado, que añadió que esta decisión se había adoptado «por razón de apellido».

Ante este recurso, el Constitucional deberá decidir con rapidez si acepta esta petición o no, sin pedir opinión a la Fiscalía ni al resto de partes.

Trato discriminatorio

Los familiares de Franco consideraban que el Supremo estaba dando un trato discriminatorio al caso porque el Gobierno estaba actuando para un caso concreto. También creían que de enterrarle en el cementerio del Pardo-Mingorrubio se vulneraría su derecho a la libertad religiosa, así como el derecho a la intimidad familiar.

Sin embargo, la Sala rechazó todas estas alegaciones. Indican los magistrados que el objetivo de sacar los restos de Franco es retirar «del primer plano» cuanto «signifique, represente o simbolice el enfrentamiento civil» y que, por tanto, debía tenerse en cuenta la «extraordinaria singularidad de su figura». Todo ello «no es incompatible con la libertad religiosa ni supone negar o desconocer las creencias de nadie», afirmaron los magistrados.

Asimismo, la resolución subrayó que los familiares no tienen la última palabra pues no es una «facultad incondicionada» elegir el lugar de sepultura de los parientes y que ello no forma parte ni del derecho a la libertad religiosa ni del derecho a la intimidad personal y familiar.

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