La consellera de Justicia de Torra: «Hay un divorcio entre ciudadanía y poder judicial» tras la sentencia del 1-O
La consellera de Justicia del Gobierno de Quim Torra asegura que la sentencia del Tribunal Supremo contra los golpistas del 1-O es parte del problema político en Cataluña. Ester Capella ha asegurado que «la dureza de las penas confirma un divorcio entre la ciudadanía y el poder judicial».
Capella ha participado en la apertura del acto independentista ‘Primeras reflexiones jurídicas sobre la sentencia del ‘procés’, en el Centre d’Estudis Jurídics i Formació Especialitzada, en el que también ha participado el ex fiscal general del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) José Maria Mena y catedráticos de Derecho Penal, Procesal y Constitucional.
Capella ha defendido que la sentencia «supone un punto de inflexión» tanto por el papel del poder judicial como por la interpretación que hace del Derecho Penal, que ha tachado de extensiva y ha asegurado que puede suponer un retroceso democrático por cómo afecta al ejercicio de derechos y libertades fundamentales.
«Hemos llegado a este punto arrastrados por un Gobierno incapaz de hacer política», ha dicho Capella, que también ha afirmado que se ha querido solucionar un problema político en los tribunales en lugar de plantear una respuesta a través del diálogo.
Ha asegurado que la sentencia afectará a toda la ciudadanía, y ha destacado que durante el proceso independentista «los tribunales se han convertido en nuevos actores políticos», además de señalar el papel de la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular.
También ha recordado que los mismos hechos siguen involucrados en otros procesos judiciales, como el del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, y se ha preguntado: «¿Cómo es posible que unos hechos que aun se están instruyendo en un proceso judicial hayan sido enjuiciados ya en el Supremo?».
Capella ha criticado un «abuso de la prisión preventiva» y ha afirmado que se ha hecho una interpretación restrictiva de los derechos de reunión y manifestación y de la libertad de expresión, por lo que ha mencionado la ‘Ley mordaza’ y la modificación del Código Penal en otoño de 2015.
Catedráticos
El ex fiscal José Maria Mena ha calificado la sentencia como «extraordinariamente severa», y que cree que pretende ser una prevención para que nadie más haga algo similar.
Ha señalado que mientras que en el 1-O sí hubo una obstaculización física al trabajo de la policía, el 20 de septiembre de 2017 frente a la Conselleria de Economía no se pretendía impedir la actuación de la comitiva judicial, «hasta el extremo que la diligencia se practicó».
La catedrática de Derecho Penal de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) Mercedes García Aran ha defendido que en el juicio del 1-O se hubiera podido aplicar el delito de desobediencia, con penas mucho más leves que la sedición, y ha desmentido que la sentencia cree un precedente para «detener a cualquier manifestante acusándole de sedición».
Por su parte, el catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona (UB) Enoch Albertí ha criticado que la sentencia «contiene una interpretación de la inviolabilidad parlamentaria que es enormemente restrictiva», y ha afirmado que la interpretación de las leyes que hace el fallo supone una restricción del derecho de protesta, defendiendo eliminar el delito de sedición del Código Penal porque considera que el derecho de manifestación ya está bastante regulado.
Jordi Nieva, catedrático de Derecho Procesal de la Universitat de Barcelona (UB), ha cuestionado que el procedimiento judicial no empezó hasta un mes después del 1-O y que si hubo un delito de rebelión debería haber tenido una respuesta más rápida, y ha dicho que no cree que pueda haber sedición sin violencia: «Ya que la sedición es el delito de orden público castigado con una pena más severa, se tendría que suponer que es en el que hay una carga violenta más fuerte».