Audiencia Provincial

La Audiencia de Madrid tumba de nuevo la denuncia por amenazas de López Madrid contra la doctora Pinto

La Audiencia Provincial de Madrid confirma que no hay evidencia que incriminen a la doctora

El empresario Javier López Madrid había denunciado una serie de llamadas y mensajes amenazantes

Javier López Madrid
Doctora Elisa Pinto y Javier López Madrid.

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado el archivo de la causa derivada de la denuncia interpuesta por el empresario Javier López Madrid contra la doctora Elisa Pinto por un presunto delito contra la integridad moral y un delito continuado de amenazas. En un auto, los magistrados han rechazado el recurso de López Madrid y respaldan la decisión tomada por el Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid en noviembre de 2022.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial respalda esta decisión al concluir que los indicios de amenazas atribuidas por el empresario a la doctora Pinto «carecen de fundamento». Coincide con la jueza instructora y la Fiscalía en que «los registros de los teléfonos móviles no pueden confirmar que las llamadas fueran realizadas por Pinto, ya que solo demuestran que se originaron desde su ubicación, pero no quién las realizó».

Opinan que este posicionamiento podría haber sido manipulado por el autor de las llamadas y mensajes para «inculpar» a Pinto, realizándolos «en lugares cercanos donde ella solía estar». En consecuencia, concluyen que «no se ha establecido la implicación de Elisa Pinto» en los hechos denunciados por López Madrid tras las investigaciones realizadas en esta causa.

En todo caso, la Audiencia Provincial también destaca que cuando el empresario fue solicitado por el juzgado instructor para entregar los teléfonos que contenían los «mensajes amenazantes», «se eliminaron contactos, se borraron llamadas y no se encontraron los mensajes denunciados».

Cabe recordar que el juzgado de instrucción decidió archivar el procedimiento al no encontrar «indicios de la participación de Pinto» en los hechos denunciados después de realizar «numerosas diligencias de instrucción».

La denuncia presentada por López Madrid se refería a incidentes ocurridos en 2013, cuando él y su entorno familiar y personal recibieron una serie continua de llamadas desde octubre hasta noviembre de 2014, en las que una voz distorsionada realizaba graves afirmaciones sobre la vida íntima y sexual del empresario. También se denunciaron mensajes amenazantes y cartas anónimas. La jueza de instrucción determinó que no se justificaba adecuadamente la comisión del delito que dio lugar a la apertura de la causa, por lo que consideró apropiado el sobreseimiento provisional y el archivo del caso.

Esta decisión se tomó después de que en 2021 la defensa de Pinto solicitara al juzgado el archivo del caso al haberse agotado el plazo de investigación. En respuesta, la representación legal de López Madrid solicitó al juzgado que cerrara la investigación y llevara el caso a juicio debido a la «inequívoca gravedad» de los hechos denunciados en marzo de 2014.

Juicio en la Audiencia

Por otra parte, la Audiencia Nacional confirmó que juzgará el próximo mes de junio al empresario Javier López Madrid, al comisario jubilado José Manuel Villarejo y a su socio Rafael Redondo por el presunto encargo que el primero realizó al entonces policía para que acosara a la doctora Elisa Pinto tras un conflicto personal.

En un decreto, consultado por Europa Press, la Sala de lo Penal señala los días 3, 4, 5, 6 y 7 de junio para la celebración de la vista oral, que se seguirá en la sede del tribunal en la calle García Gutiérrez. Se trata, en concreto, de la pieza separada número 24 del caso Villarejo.

El juez de la Audiencia Nacional propuso enviarles a juicio en marzo del pasado año en contra de lo interesado por la Fiscalía Anticorrupción, que pedía el archivo provisional al entender que no quedaba debidamente justificada la perpetración del delito de cohecho que se les imputa a los tres. El magistrado coincidió con los argumentos de la defensa de la doctora, que pide penas de seis años de cárcel para López Madrid y Villarejo, y cuatro para Redondo.

El Ministerio Público indicaba que el objeto de la pieza era indagar en el cohecho y no en el conflicto entre López Madrid y Pinto. «Se trata de hechos que no solo exceden del objeto propio de esta pieza -centrado en exclusiva en el delito de cohecho- sino porque además todas estas circunstancias ya son investigadas en los procedimientos judiciales seguidos en los Juzgados de Instrucción de Madrid, no resultando conforme a Derecho que unos mismos hechos sean investigados en dos juzgados diferentes», defendió la Fiscalía sin éxito por ahora.

En su auto, el magistrado recordaba el relato de hechos, y apuntaba que todo arrancó en septiembre de 2013 cuando López Madrid contrató a Villarejo, «comisario en activo», para que «le ayudase a finalizar un asunto personal en relación con María Elisa Pinto. En diciembre de 2013, el empresario acudió a la consulta de la doctora acompañado de Redondo, que acudía en calidad de abogado por orden de Villarejo, y le indicaron a Pinto «que le dejase en paz, que parase, y que la policía iría a verla».

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