'Caso Begoña Gómez'

La Audiencia avala a Peinado para reclamar el registro de llamadas de la asesora de Begoña Gómez

El juez quiere conocer todas llamadas de la asesora con la Complutense y las empresas patrocinadoras de la cátedra

Cristina Álvarez y Begoña Gómez
Begoña Gómez y Cristina Álvarez.
Nacho Atanes

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado este viernes la decisión del juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso Begoña Gómez, de reclamar los registros de las llamadas telefónicas de la asesora en La Moncloa de la mujer del presidente del Gobierno, Cristina Álvarez, vinculadas con la Universidad Complutense de Madrid y las empresas patrocinadoras de la cátedra que codirigía la esposa de Pedro Sánchez, así como también con el empresario Juan Carlos Barrabés.

Así consta en un auto en el que estima de forma parcial un recurso que presentó la defensa de Cristina Álvarez y al que se adhirieron Begoña Gómez y la Fiscalía, contra la decisión del juez Peinado de reclamar dichos registros de llamadas. En el mismo, la Audiencia de Madrid opta por frenar las relativas a Globalia, Air Europa o el África Center.

La defensa insistía en que la medida acordada por el instructor carecían de motivación y que se había utilizado de forma «ilícita» el contenido de la declaración que realizó previamente la asesora de Begoña Gómez en calidad de testigo para investigarla.

La Audiencia de Madrid contesta que en que los registros solicitados por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid deberán «limitarse» al objeto de la investigación, «con exclusión de lo relativo a Globalia, Air Europa y África Center, por las razones que ya hemos expuesto en otras muchas resoluciones». Cabe recordar, que la Audiencia Provincial ya advirtió a Peinado de que debía dejar fuera de la causa que dirige contra Begoña Gómez las pesquisas relativas al rescate de la mencionada aerolínea.

En el auto, los magistrados mantienen la condición de investigada de Álvarez e insisten, como en ocasiones anteriores, en que el juez instructor puede acordar las medidas que estime pertinentes para la investigación bajo los principios de especialidad, proporcionalidad, idoneidad, excepcionalidad y necesidad.

Afectación «mínima» de la intimidad

En este punto, recuerdan que el número de teléfono sobre el que se concede la medida «se obtuvo en la declaración testifical de Cristina Álvarez» que ya invalidó la propia Audiencia Provincial. Sin embargo, precisan que al tratarse de un número oficial del Palacio de la Moncloa el juez podía haberlo obtenido por otro medio para reclamar el mencionado registro de llamadas.

«(…) Al no ser el único medio a través del cual pudiera lograrse el conocimiento del citado número, consideramos no es motivo por el cual se deba declarar la nulidad del dato obtenido», señala el tribunal.

Además, los magistrados consideran que «la solicitud de identificación de la titularidad de líneas telefónicas contactadas por un dispositivo telefónico es una diligencia de investigación que afecta de forma mínima la intimidad de la persona concernida».

Al margen, cabe recordar que la Audiencia Provincial tiene casi una decena de recursos pendientes relativos a esta causa, entre los que ya se han deliberado pero no ha trascendido aún resolución alguna figura el de la propia imputación a Begoña Gómez del delito de malversación.

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