Audiencia Nacional

La Audiencia desestima el recurso de Fernández Díaz sobre los 120.000 € de fianza para el juicio de ‘Kitchen’

El juez ha abierto juicio oral por 'Kitchen' y sienta en el banquillo a Fernández Díaz, Martínez y Villarejo

El ex ministro recurrió la fianza de 120.000 euros y la Audiencia ha desestimado ese movimiento

Fernández Díaz Kitchen, Francisco Martínez
El ex ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz y Francisco Martínez.

La Audiencia Nacional ha tumbado el recurso del ex ministro Jorge Fernández Díaz contra la fianza impuesta de 120.000 euros para afrontar el juicio del caso Kitchen, es decir, el operativo policial montado para espiar al entonces tesorero del PP Luis Bárcenas y robarle información sensible del partido. El ex titular de Interior recurrió la cantidad fijada por el juez instructor Manuel García Castellón pero, tal como consta en un auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia, se ha desestimado ese recurso de apelación.

«Se desestima el recurso de apelación interpuesto por el procurador de Jorge Fernández, contra el auto del 23 de enero de 2024 del Juzgado Central de Instrucción número 6, con declaración de oficio de las costas procesales de esta segunda instancia», señala el auto de la Sala del que ha sido ponente el juez Carlos Fraile.

En enero se confirmó la apertura del juicio oral respecto del ex ministro y la apertura de una pieza de responsabilidad civil para, llegado el caso, pagar una indemnización a los posibles perjudicados. Ese auto fue recurrido por una presunta imposición «indebida» de la fianza. La defensa del ex ministro lamenta una «falta de motivación de las diferentes cuantías de las fianzas impuestas a los acusados para garantizar las responsabilidades pecuniarias». También señala que la fijada en el caso del ex ministro «duplica el importe solicitado por la fiscalía y la abogacía del Estado (60.000 euros)».

Además, alegaban que el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece el principio de solidaridad en la responsabilidad civil de autores y cómplices. Igualmente, aducía que «carece de cobertura legal el incremento en un 30 % del importe de la fianza para intereses y costas, cuya cuantificación es imposible en este momento». Por último, dejaban caer que «la exigencia de una fianza de naturaleza punitiva para asegurar las responsabilidades penales implica una anticipación de la pena».

Admitido a trámite el recurso, la representación del PSOE presentó escrito de impugnación, pedía la inadmisión del recurso y la confirmación de la resolución recurrida respecto de dicha fianza. La Fiscalía solicitó fijar la fianza impuesta en 25.000 euros.

No cabe recurso

En este punto, la Audiencia Nacional estipula que «es un criterio consolidado que no cabe recurso contra los pronunciamientos relativos a las medidas cautelares de aseguramiento de responsabilidades pecuniarias, contenidos en el auto de apertura del juicio oral». Citan numerosas resoluciones de los últimos años en ese sentido.

El auto remarca que «el recurso pretendido no cabe» porque no está entre los supuestos tasados que existen. No obstante, «debe añadirse que ninguna indefensión se produce por la imposibilidad de recurrir los pronunciamientos sobre el aseguramiento de las responsabilidades pecuniarias, dado que todas las diligencias sobre fianzas y embargos se instruirán en pieza separada, y en el ámbito de esta pieza, cuya apertura se acuerda en el auto ahora impugnado, puede la parte recurrente plantear las cuestiones relativas a la correspondiente fianza».

Del mismo modo, el ex secretario de Estado de Interior, Francisco Martínez, recurrió la fianza y de nuevo la Audiencia Nacional, en otro auto consultado por este periódico, no lo admite. Descarta que no esté motivado el auto sobre las fianzas. Aunque las acusaciones -la Fiscalía y la Abogacía del Estado- cifran «en menos de 60.000 euros el supuesto fraude a los fondos reservados», sí se puede exigir 120.000 euros para afrontar el juicio oral. También descartan la petición del que fuera el número dos de Interior de juzgar al Partido Popular en este caso como partícipe a título lucrativo. Era una petición a la que se adhirió el PSOE.

En todo caso, la defensa del ex ministro del Interior criticaba la decisión de García Castellón de graduar las fianzas a los acusados. Veía una «manifiesta falta de motivación», ya que se duplicaba la cantidad solicitada tanto por la Fiscalía como por Abogacía del Estado. Estos dos últimos fijaban en algo más de 57.000 euros el importe presuntamente malversado.

Jorge Fernández Díaz, procesado por el caso Kitchen, el presunto operativo policial para sustraer a Bárcenas material de la investigación judicial del caso Gürtel, recibió el auto de apertura de juicio oral, como desveló OKDIARIO, el pasado mes de octubre.

Kitchen
Luis Bárcenas.

A algunos de los procesados, el también juez del caso Tsunami les impuso una fianza de 120.000 euros. Sin embargo, a otros la cifra se reducía a 2.000 euros. Esto no gustó nada a varias de las defensas.

El abogado del ex ministro cargó contra el instructor por «no motivar mínimamente el tratamiento diferenciador que efectúa respecto a los diferentes acusados, a los que impone diversos importes en concepto de fianza en orden a criterios o parámetros desconocidos, sin fundamento legal y por cuantía manifiestamente superior a la solicitada por las acusaciones». Mostraban sorpresa porque, en cambio, el juez sí dedicaba «especial motivación y esfuerzo respecto a otras cuestiones, por ejemplo, rechazando la apertura de juicio oral contra el PP como partícipe a título lucrativo». Así denunciaban indefensión al ex ministro, «pues se desconocen los motivos que llevan al instructor a fijar la fianza».

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