La Seguridad Social lo hace oficial en España: se adelanta 10 años la jubilación y puedes cobrar el 100% de la pensión sin coeficientes reductores
Una modificación con respecto al listado de enfermedades que permiten adelantar la jubilación sin perder dinero
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La jubilación en España suele asociarse a retrasos, cambios en la edad legal y nuevas condiciones que parece que son cada vez más exigentes. Sin embargo, de vez en cuando aparecen medidas que van en sentido contrario y que afectan a colectivos muy concretos. Esta vez, el foco está en las personas con discapacidad y en la lista de enfermedades que pueden hacer que la jubilación se adelante 10 años y se pueda cobrar el 100% de la pensión.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha confirmado una modificación relevante que permitirá a miles de trabajadores adelantar su retirada del mercado laboral sin perder dinero en la pensión. Es decir, podrán jubilarse antes sin asumir penalizaciones económicas, algo que no ocurre en la mayoría de jubilaciones anticipadas. La decisión no es menor. Según las estimaciones del propio Ministerio, alrededor de 50.000 personas podrían beneficiarse de este cambio.
Se adelanta 10 años la jubilación y puedes cobrar el 100% de la pensión
El cambio no afecta a todo el sistema, sino a un punto muy concreto y que es el listado de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad con un grado igual o superior al 45%. Hasta ahora, ese listado era más limitado, pero con la modificación anunciada, se incorporan 11 nuevas patologías, lo que abre la puerta a que más trabajadores puedan acogerse a este tipo de jubilación adelantada.
Este ajuste se hará dentro del Real Decreto 1851/2009, que es el que regula este tipo de situaciones dentro de la Seguridad Social. Es un cambio técnico, pero con consecuencias muy prácticas para quienes cumplen los requisitos.
Las enfermedades que ahora permiten jubilarse antes
El nuevo listado incluye patologías que, en muchos casos, tienen un impacto directo en la autonomía personal y en la capacidad para mantener una actividad laboral con normalidad.
Estas son las nuevas incorporaciones:
- Espina bífida
- Amiloidosis por transtiretina variante
- Párkinson
- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
- Enfermedad de Huntington
- Enfermedad renal crónica estadio 5
- Esclerosis sistémica
- Lesión medular
- Degeneración corticobasal
- Atrofia multisistémica
- Parálisis supranuclear progresiva
Todas estas enfermedades tienen en común que pueden limitar de forma importante el día a día de quien las padece, especialmente en el ámbito laboral.
A qué edad te puedes jubilar con esta medida
Aquí está una de las claves y es que las personas que cumplan los requisitos podrán adelantar su jubilación hasta los 56 años. En la práctica, supone anticiparse aproximadamente una década respecto a la edad ordinaria. Pero no todo el mundo puede acceder automáticamente ya que hay condiciones claras que deben cumplirse.
Por ejemplo, es necesario acreditar una discapacidad de al menos el 45%. Además, el trabajador debe estar dado de alta (o en una situación equivalente) en el momento de solicitar la jubilación. También se exige haber cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de la vida laboral. Y dentro de ese periodo, al menos 5 años deben haberse trabajado ya con la discapacidad reconocida vinculada a alguna de estas patologías.
Por qué en este caso no hay recortes en la pensión
Una de las dudas más habituales cuando se habla de jubilación anticipada es si se pierde dinero. En la mayoría de casos, la respuesta es sí. Pero aquí ocurre algo distinto. En este supuesto no se aplican coeficientes reductores de modo que la pensión no se reduce.
Además, el tiempo que se adelanta la jubilación se considera como si se hubiera cotizado. Esto es importante porque permite alcanzar el 100% de la base reguladora, siempre que se cumplan las condiciones generales. Dicho de otra manera: se puede cobrar la pensión completa sin que el adelanto penalice económicamente.
Lo que dice el Gobierno sobre esta decisión
Desde el Ministerio defienden que no se trata de una medida puntual sin más, sino de una respuesta a una realidad que llevaba tiempo encima de la mesa. La ministra Elma Saiz lo ha planteado como una cuestión de equilibrio dentro del sistema. Según explicó tras reunirse con el CERMI, estas enfermedades condicionan de forma notable la vida laboral, por lo que permitir un retiro anticipado en condiciones dignas es una forma de compensar esa situación. También ha recordado que era un compromiso previo y que responde a una demanda reiterada de este colectivo.
Otros casos donde también se puede adelantar la jubilación
Este no es el único escenario en el que se puede acceder a una jubilación anticipada sin perder parte de la pensión. Por ejemplo, las personas con una discapacidad igual o superior al 65% ya contaban con mecanismos similares. En esos casos, si se cumplen los años de cotización exigidos, también es posible adelantar la edad de retiro sin recortes. Algo parecido ocurre en profesiones especialmente exigentes. Un caso claro es el de los bomberos. Con una carrera larga, pueden jubilarse antes aplicando coeficientes específicos vinculados a su actividad.
Qué pasará a partir de ahora con este tipo de jubilaciones
El Gobierno no se ha quedado solo en ampliar el listado. También ha regulado cómo se podrán seguir incorporando nuevos supuestos en el futuro. A través del Real Decreto 402/2025 se establece un procedimiento para analizar qué colectivos podrían beneficiarse de una jubilación anticipada. Para ello, se tendrán en cuenta informes técnicos y la opinión de distintos organismos.
Eso sí, este tipo de medidas no son neutras para el sistema. En algunos casos, implicarán ajustes en las cotizaciones, algo que el Ejecutivo justifica como parte del equilibrio del modelo.
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