Repsol y Caixabank cierran la venta del 20% de Gas Natural por 3.800 millones
Repsol y Criteria, el holding industrial de Caixabank, cierran definitivamente la venta del 20% del capital de Gas Natural al fondo Global Infrastructure Partners (GIP). La operación, en la que cada compañía se desprende de un 10% del capital, se ha cerrado a un precio de 3.802,6 millones de euros. Tras su entrada en la firma energética, GIP contará con tres de los 17 miembros en el consejo de administración.
La odisea llega de este modo a su fin tras varios meses de negociaciones con distintos interesados en comprar la participación de Gas Natural; pero ha sido GIP finalmente el que se ha llevado el gato al agua y se convierte, de este modo, en accionista de referencia junto a los ya tradicionales Repsol y La Caixa.
El montante total se ha de dividir entre dos para conocer lo que se ha embolsado cada una de las compañías: con lo que Repsol y CaixaBank ingresan 1.900 millones de euros para cada uno; lo que implica unas plusvalías de 246 millones para Repsol y de 220 millones para Criteria, cantidades que se destinarán a reducir deuda.
Repsol y Criteria mantenían un acuerdo de gestión y controlaban entre las dos el 64,4%, a razón del 34,4% por parte de la entidad financiera y 30% de la petrolera. Tras esta operación, claro, la cosa cambia, con lo que pasan a tener el 24,4% y el 20%, respectivamente.
El acuerdo fija, además, que el presidente sea un representante de los tres principales accionistas y no tenga funciones ejecutivas. Asimismo, se fija una mayoría reforzada de dos tercios para aprobar todas y cada una de las cuestiones trascendentales. Además, el acuerdo contempla también que si alguno de los tres miembros del núcleo duro baja 10 puntos porcentuales de su actual participación se excluye del acuerdo.
“Las partes manifiestan expresamente que el presente Contrato no supone actuación concertada en el contexto del gobierno corporativo de la Sociedad y se comprometen a desarrollar su actuación en los órganos de gobierno de la Sociedad de forma independiente, de manera que dicha actuación no será en ningún caso actuación concertada entre las partes a efectos de lo previsto en el Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores o cualquier norma que lo modifique o sustituya”, señalan en el comunicado.