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Novedades en las nóminas: estas son las personas que no tendrán que pagar el IRPF

El Gobierno aumentó el mínimo exento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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Benjamín Santamaría
  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

El Gobierno aumentó el mínimo exento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que hay que pagar en la Campaña de la Renta y Patrimonio del año 2023, que comenzará el próximo 3 de abril. La medida tuvo como objetivo que la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no suponga una mayor carga impositiva.

La propuesta del Ministerio de Hacienda implica aumentar el umbral mínimo para la aplicación de retenciones en el IRPF. En el ejercicio fiscal de 2023, el Gobierno ya había elevado este límite de 14.000 a 15.000 euros. Para el año 2024, este umbral se incrementa aún más, llegando a los 15.876 euros, que equivale al SMI anual actual.

La decisión de eximir de retenciones en las nóminas a aquellos que perciban este salario mensual tendrá un impacto significativo en más de 5 millones de contribuyentes, tanto asalariados como pensionistas.

Esta medida se espera que genere un ahorro conjunto de alrededor de 1.400 millones de euros en retenciones. Este cambio representa una importante ventaja para los beneficiarios, quienes verán un aumento en su liquidez mensual al no tener que enfrentar deducciones en sus salarios o pensiones.

Si se toma como ejemplo a un individuo cuyos ingresos anuales ascienden a 15.876 euros, equivalente al Salario Mínimo Interprofesional de 2024. En el año 2018, este contribuyente estaba sujeto a una retención del 7%, lo que implicaba un pago de 1.111 euros en concepto de IRPF.

Sin embargo, en el año 2023, estas retenciones se redujeron al 2%, y en el presente año 2024, se eliminan por completo. Esto se traduce en un ahorro de 1.111 euros en comparación con el importe abonado en el año 2018, lo que supone un alivio significativo en la carga fiscal para este contribuyente.

Es importante destacar que el nivel de vida de la persona que cobraba la misma cantidad en 2018 que en 2023 no es la misma. La inflación ha hecho mella en las cuentas personales de los españoles y los salarios no sirven para hacerse con la misma cantidad de bienes, pues el nivel de precios varía con los años. Así, la inflación fue de más del 3% el año pasado.

Personas que no tienen que pagar el IRPF

En España, hay ciertos grupos de personas que están exentas de pagar el IRPF en su declaración de la renta. Estas exenciones se aplican en función de diferentes circunstancias personales y de ingresos. Algunos de los grupos que no tienen que pagar IRPF son:

  • Personas con bajos ingresos: Aquellas personas cuyos ingresos no superan el mínimo establecido por la ley están exentas de pagar IRPF. Este mínimo se fija cada año por la legislación fiscal y varía en función de la situación personal y familiar de cada contribuyente.
  • Jubilados con pensiones bajas: Los jubilados cuyas pensiones no superan ciertos límites establecidos por la ley pueden estar exentos de pagar IRPF o pueden beneficiarse de una reducción en el impuesto a pagar.
  • Personas con discapacidad: Las personas con discapacidad pueden tener derecho a ciertas deducciones y beneficios fiscales que les permiten reducir o eliminar su obligación de pagar IRPF.
  • Desempleados sin ingresos: Aquellas personas desempleadas que no reciben ningún tipo de ingreso pueden estar exentas de pagar IRPF. Sin embargo, es importante tener en cuenta que algunos subsidios por desempleo pueden estar sujetos a tributación.

Por tanto, existen numerosas personas que no tienen la obligación de abonar este impuesto. Por ejemplo, un trabajador que cobre alrededor de 14.000 euros al año, no tendrá por qué declarar sus bienes ante el fisco. Sin embargo, si decide hacerlo, es probable que Hacienda le devuelva las retenciones que la Agencia Tributaria había acometido a lo largo del año.

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La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

Campaña de la Renta

Los contribuyentes ya pueden acceder a sus datos fiscales para realizar la declaración de la Renta y Patrimonio del año 2023. La Campaña comenzará el próximo 3 de abril, permitiendo la presentación de las declaraciones de forma electrónica.

Esta vez, los contribuyentes contarán con acceso a sus datos fiscales dos semanas antes del inicio oficial de la campaña, a través de la página web y la aplicación móvil de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

El calendario establece que la Campaña de la Renta y Patrimonio iniciará justo después de Semana Santa y se extenderá hasta el 1 de julio de 2024. Es importante destacar que este año la campaña se prolongará un día más de lo habitual, dado que el 30 de junio cae en domingo.

Una de las novedades importantes para la próxima campaña de la declaración de la Renta es que todos los autónomos estarán obligados a presentarla el próximo año, sin importar el nivel de ingresos que tengan. E

Esta medida representa un cambio significativo, ya que anteriormente algunos autónomos estaban exentos de realizar la declaración si sus ingresos no superaban ciertos umbrales. Sin embargo, a partir de este año, todos los autónomos deberán cumplir con esta obligación fiscal, lo que amplía la base de contribuyentes que deben presentar su declaración de manera anual.

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