El juez desestima la demanda de María Antonia Álvarez contra IASA

El enfrentamiento en los juzgados entre el expresidente de El Corte Inglés, Dimas Gimeno, y sus primas, Marta y Cristina Álvarez Guil, se inclina del lado de las primas. El juez titular del juzgado de lo Mercantil número dos de Madrid, Andrés Sánchez Magro, ha desestimado la demanda presentada por la madre de Gimeno, María Antonia Álvarez, contra una serie de acuerdos adoptados en la junta de IASA de octubre de 2017. Maria Antonia Álvarez, además,  ha sido condenada al pago de las costas causadas en el procedimiento, que asciende a dos millones de euros.

El juez desestima la demanda de María Antonia Álvarez contra IASA
El Corte Inglés de Talavera de la Reina
Borja Jiménez

El juez ha desestimado una demanda, con condena a dos millones de euros en costas, a María Antonia Álvarez, que solicitó en abril de 2018 la nulidad de los acuerdos adoptados el 11 de octubre de 2017 en la Junta General de socios de la sociedad patrimonial IASA, participada por las hermanas con un 69%, y por Gimeno, su madre y su tío, con el resto.

Álvarez alegaba que se había vulnerado su derecho de información. De forma subsidiaria, se pedía la anulación de la condonación encubierta del crédito por importe de 6,9 millones de euros concedido por IASA a dos sociedades, propiedad de Marta y de Cristina Álvarez Guil. 

Según ha podido saber OKDIARIO, tras analizar el fondo de la Sentencia, el equipo jurídico de María Antonia Álvarez presentará el correspondiente recurso, en virtud de las dudas de hecho y de derecho que concurren en este caso.

En la Sentencia se afirma expresamente que la actitud de la demandada, IASA, resulta reprochable, “pues por muchas excusas que ponga, podría haber designado varios días para permitir a la demandante examinar las cuentas a aprobar con las dos personas expertas que había comunicado por burofax”.

Fuentes próximas a María Antonia Álvarez explican que «este razonamiento de la Sentencia es claramente contradictorio, pues si es reprochable la actitud de IASA y no se ha superado ningún plazo legal, no se entiende que a continuación se castigue a quien en todo momento insistió para que se le dejara examinar la documentación». «La solicitud de información mediante burofax se notificó en el plazo legal y además esa información se venía solicitando informalmente desde mucho tiempo atrás, como se puso de manifiesto merced a las declaraciones durante el juicio de varios de los testigos», continúa.

En cuanto a la solicitud de la impugnación de cualquier acuerdo que permitiese la condonación de la deuda de Marta y Cristina Álvarez Guil, el juez afirma que «no procede» ya que dicha condonación «no se ha producido». Fuentes cercanas a María Antonia Álvarez consideran muy positivo el hecho de que el crédito de IASA contra las demandadas haya sido reconocido por estas últimas de forma explícita.

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