Transporte aéreo

Iberia deja de impedir el vuelo de vuelta a quien pierda el de ida tras sentencia del Supremo

La aerolínea cancelaba los vuelos de vuelta a quien no hubiera tomado el de ida, una práctica común en algunos clientes para así conseguir vuelos a precios más baratos

La historia de esta cláusula viene de años atrás y era bastante común en la industria de aviación

IAG
Aviones de Iberia y British Airways. (Foto: Getty)

Iberia ha modificado algunas de las cláusulas de billetes de avión que han sido declaradas abusivas por el Tribunal Supremo. Se trata de la cláusula no-show, una cláusula que impedía a los clientes utilizar un vuelo de vuelta si no habían tomado previamente el de ida.

La historia de esta cláusula viene de años atrás y era bastante común en la industria de aviación. Permitía a la aerolínea impedir al pasajero montarse en el avión en un viaje de vuelta en caso de que no hubiera utilizado el viaje de ida. Esto se realizaba, según ha explicado un portavoz de la compañía en un encuentro con periodistas, para evitar aquellos clientes que compraban ex profeso un vuelo con escala para así volar más barato. Por ejemplo, puso el caso de un cliente de Madrid que quiere volar a Buenos Aires, y como un vuelo directo entre las dos capitales le salía más caro, adquiría también un Valencia-Madrid, por ejemplo, que hacía que el resto saliera más barato.

Hasta ahora Iberia podía impedir subir al avión mientras los jueces no se ponían de acuerdo

En estos caso, hasta ahora Iberia podía impedir subir al avión y desde la sentencia del Tribunal Supremo ya no podrá hacerlo. Hasta ahora habían estado prohibiendo subir al avión, han asegurado, «porque no había un criterio único en los jueces, y por eso la hemos mantenido en vigor». Sin embargo, cuando el Alto Tribunal ha dictado su sentencia, ya es definitiva, desde entonces Iberia -del grupo británico IAG- la está aplicando desde el primer momento, sin cancelar la vuelta si no se utiliza la ida o ningún tramo.

Según indicó Gallego, «en la sentencia, el propio Supremo reconoce el derecho de la aerolínea a no verse perjudicada. Y dentro de ese marco, redactaremos la nueva cláusula, que no está definida, porque como vosotros mismos habéis visto, hay todo tipo de situaciones y casuística. Cuando decidamos, lo haremos público. En cualquier caso, lo que sí es claro es que, al igual que ya ocurre, el cliente no perderá su billete si no utiliza un tramo» como ocurría hasta noviembre.

No obstante, Iberia ha reconocido que podrá cobrar a los clientes un recargo en caso de que se utilice el viaje de vuelta sin usar el de ida. De esta forma, aseguran, se evitará que los clientes se aprovechen de los descuentos de una tarifa de ida y vuelta.

El Brexit en el aire

Iberia ha celebrado una comida con periodistas donde el Brexit ha estado presente en todo momento. Aunque Gallego quiere ser optimista, ha reconocido que existe riesgo de que a partir de la salida de Reino Unido de la Unión Europea, como todas las aerolíneas para operar en el espacio común tienen que ser «mayoritariamente de capital de la Unión Europea», esto pudiera afectar a IAG y a Iberia por ser de capital británico.

Sin embargo, también se podría llegar a acuerdos entre países para que sus aerolíneas puedan volar conjuntamente por su espacio aéreo. Esos acuerdos los tiene la UE con otras jurisdicciones pero por el momento no se tienen con Reino Unido.

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