AFECTARÁ A MILLONES DE ESPAÑOLES

Giro inesperado en la pensión de viudedad: la Seguridad Social confirma la subida histórica

Este es el cambio que llega a la pensión de viudedad de la Seguridad Social

Pensión viudedad seguridad social
Dos personas mayores caminan por la calle. (EP)
Pedro Antolinos

El pasado mes de junio 1,5 millones de personas en España percibieron la pensión de viudedad. En total la Seguridad Social destino un total de 2.106,2 millones de euros en lo que respecta a una ayuda con la que intenta paliar el daño económico que puede suponer a una persona la pérdida de su cónyuge. Con respecto a estas prestaciones la Administración está intentando introducir una modificación que podría hacer que suban las pensiones de los beneficiarios.

La pensión de viudedad está sólo por debajo de la de jubilación en el sistema de pensiones español. La pensión media del sistema de la Seguridad Social en 2024 está fijado en 1.254,6 euros después de subir un 5% en el último año y la idea del ejecutivo es que la pensión de viudedad, cuya media está en algo más de 800 euros, pase a las cuatro cifras en los próximos año revalorizándolas hasta en un 14%. Para finales de 2024 se espera en que la media esté en 1.033 euros mensuales.

Uno de los cambios estrella que prepara la Administración para ello es contabilizar los años de cotización del causante en lugar de la base reguladora, como se ha hecho desde los orígenes de esta pensión. Esto incrementaría de forma considerable la pensión de viudedad para el millón de personas que la recibió el último mes en este país. Así lo confirmó Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su comparecencia de hace unos meses en la comisión del Paco de Toledo.

La ministra aseguró que se está estudiando su «posible utilización» además de dejar claro que se están estudiando diferentes «líneas de acción» para llevar a cabo una «reforma integral y gradual de la pensión de viudedad».

Cambios en la pensión de viudedad de la Seguridad Social

Hasta la fecha, la cuantía de la pensión de viudedad se calcula con el 52% de la base reguladora de la persona fallecida que se puede ir hasta el 70%. Esto será en función de la edad, causa de la muerte y las cargas familiares que tuviera el causante. Ahora, si se tienen en cuenta sus años cotizados esta base reguladora aumentará. Sí que afectaría a las personas que han cotizado menos años a la Seguridad Social.

Pensión de viudedad con personas divorciadas y casadas de nuevo
Pensión de viudedad con personas divorciadas y casadas de nuevo

Para poder cobrar la pensión de viudedad hay que cumplir una serie de requisitos siendo el más importante demostrar que está en situación matrimonio o pareja de hecho con la persona fallecida. También podrán optar a la prestación las personas divorciadas en el caso de que uno de los dos no volviera a contraer matrimonio o las víctimas de violencia de género, que tendrán derecho a esta pensión independientemente de si se han divorciado o no.

Por lo que respeta a la persona fallecida, podrá ser causante de una pensión de viudedad en los siguientes supuestos en casos:

  • Estar dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social y haber cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores.
  • Cumplir con un período mínimo de cotización de 15 años.
  • No es necesaria la cotización: Si el fallecimiento ha sido por accidente, de trabajo o no, o por enfermedad profesional.
  • Era perceptor de una pensión de jubilación contributiva, o tenía derecho a ella en el momento de fallecer sin haberla solicitado.
  • Pensionista por una incapacidad permanente.
  • Tenía derecho al subsidio por IT, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia y cumplía el periodo de cotización necesario en esos casos.

Una de las grandes ventajas de la pensión de viudedad para las personas que han perdido a su cónyuge es que la pueden compatibilizar con otros pensiones, como puede ser la pensión de jubilación pasados los 65 años o con otra de incapacidad permanente. No será compatible en caso de fallecimiento de nuevo cónyuge o pareja de hecho.

Sí que hay que tener en cuenta que la pensión de viudedad tiene fecha de caducidad. Si una persona que recibe esta pensión decide rehacer su vida y contrae matrimonio o está en pareja de hecho perderá de ipso facto esta ayuda de la Seguridad Social. Podrá conservar la pensión si es mayor de 61 años o tiene a su cargo un menor con discapacidad mayor del 65%. También si acredita que esta pensión es la principal fuente de ingresos si junto al nuevo cónyuge no superan el mínimo.

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