Un experto en herencias lo confirma: el dinero que te corresponde si no hay testamento
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Por mucho que se aconseje o se diga, que siempre hay que dejar testamento, lo cierto es que muchas personas no piensan en ello o de hecho, creen que es mejor hacerlo al llegar a la vejez. Sin embargo, se puede morir mucho antes y aquellos que quedan, no sólo se deben enfrentar a la pérdida de ese ser querido sino también, a un montón de dudas sobre lo que pasa con sus bienes. Y claro, si no hay testamento, ¿qué pasa con el dinero? ¿A quién le corresponde? ¿Quién decide?
No hace falta que nadie lo diga por escrito para que haya herederos. La ley, en estos casos, entra en juego. Y de hecho, existe una forma legal y bastante estructurada de repartirlo todo. Pero eso no significa que sea un proceso fácil de entender. Porque una cosa es saber que existe la herencia, y otra muy distinta es saber cómo se reparte si nadie ha dejado instrucciones. Sin embargo, es posible que te corresponda parte de una herencia aunque no haya testamento, a partir del parentesco que se tenga con la persona fallecida, pero también debemos tener en cuenta algo que los expertos advierten, y es que muchas veces lo que parece obvio (como que herede la pareja, por ejemplo), no siempre lo es. Así que conviene tenerlo claro.
El dinero que te corresponde si no hay testamento
Cuando una persona fallece sin testamento, se aplica lo que la ley llama sucesión intestada. Lo regula el Código Civil, y se encarga de marcar quién hereda, en qué orden y en qué proporción. De este modo, no hay lugar para decisiones personales: todo se reparte según el parentesco.
En estos casos, la herencia se divide en partes iguales entre los herederos que marca la ley. No hay tercio de libre disposición, que es esa parte que se puede dejar a quien uno quiera. Aquí lo que se sigue es el orden legal. Y si no hay nadie en el primer grupo, se pasa al siguiente. Así hasta llegar al último, que, si nadie más aparece, es el Estado.
Hijos y nietos: los primeros de la lista
Lo normal, si el fallecido tiene hijos, es que la herencia se reparta entre ellos a partes iguales. Ahora bien, si alguno ha fallecido antes, pero dejó hijos, esos nietos ocupan su lugar. A eso se le llama herencia por estirpe, y significa que los descendientes heredan lo que le habría tocado a su padre o madre.
Pongamos un caso concreto: una persona tenía tres hijos, pero uno de ellos murió antes. Ese hijo fallecido tenía dos hijos propios. En ese caso, la herencia se reparte en tres partes iguales: dos para los hijos vivos, y la otra entre los dos nietos. Cada uno de ellos recibe la mitad de lo que le habría tocado a su padre. Este principio se aplica siempre que haya descendencia directa.
Padres, abuelos y cónyuge
Si el fallecido no tiene hijos ni nietos, entonces heredan los padres. Si los dos están vivos, reciben la herencia por igual. Si sólo queda uno, se la queda entera. En ausencia de padres, entran los abuelos, siguiendo el mismo criterio. Todo se queda en la línea ascendente directa.
El cónyuge tiene un papel particular. No es el primero en heredar si hay descendientes, pero sí tiene derecho al usufructo de parte de la herencia. ¿Qué significa eso? Que puede usar y disfrutar algunos bienes, pero no disponer de ellos como propietario. Por ejemplo, podría vivir en la casa, pero no venderla.
Si hay hijos, el usufructo es sobre el tercio de mejora. Si no hay hijos pero sí padres, sobre la mitad. Y solo si no hay ni descendientes ni ascendientes, el cónyuge pasa a ser heredero pleno. Eso sí, solo si estaban legalmente casados. Las parejas de hecho, aunque llevaran años juntas, no tienen derecho legal a la herencia sin testamento.
Hermanos, sobrinos y más allá
Cuando ya no hay hijos, padres, abuelos ni cónyuge, se pasa a los hermanos del fallecido. Si están vivos, heredan a partes iguales. Si alguno ha fallecido, entran en juego los sobrinos, que heredan la parte que le habría correspondido a su madre o padre, igual que ocurre con los nietos. Otra vez, se aplica la herencia por estirpe.
Y si tampoco hay hermanos ni sobrinos, la ley sigue buscando. El siguiente grupo incluye a tíos carnales, primos y otros parientes colaterales hasta el cuarto grado. Esta búsqueda, claro, puede llevar tiempo. A veces incluso es necesaria una investigación genealógica para dar con los posibles herederos. Y en el caso de que no se encuentre a nadie, la herencia pasa al Estado.
En conclusión, cuando no existe testamento no significa que la herencia desaparezca o que lo herede el Estado automáticamente. Al contrario: la ley ya tiene preparado un orden claro de reparto. Y aunque no lo sepas, puede que tengas derecho a una parte. Lo importante es entender cómo funciona, en qué lugar estás dentro de ese orden y si hay otros posibles herederos antes que tú.