Estos serían tus derechos si un okupa entra en tu casa: ha cambiado todo
La okupación ilegal de viviendas es uno de los grandes problemas que hay en España a nivel social, un delito por parte de quienes okupan, y como propietario se puede solicitar la intervención de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado incluso si la vivienda ha sido okupada sin violencia. Si quieres saber tus derechos si okupan tu vivienda, sigue leyendo y te damos todos los detalles de lo que dice la ley a tu favor.
Estos son tus derechos si okupan tu vivienda
La nueva Ley de Vivienda, cuyo proyecto ha sido ya aprobado y llegará la votación definitiva el próximo 17 de mayo, realiza cambios muy importantes en un sector muy polémico, especialmente en lo que a okupación de viviendas se refiere, lo que sin duda es un gran quebradero de cabeza para los propietarios.
Es importante que, como propietario, sepas lo que tienes que hacer si okupan tu vivienda:
- Certificaciones: la persona que inicie trámites como demandante para recuperar su vivienda deberá certificar si es o no un gran tenedor, y también si los okupas utilizan su vivienda o no como vivienda habitual.
- Desalojo: uno de los grandes cambios es que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado no podrán intervenir por sorpresa, deberán comunicar el día y la hora en la que van a hacerlo.
- Gran tenedor: si el propietario es un gran tenedor, esto es, tiene más de 5 viviendas, se le cancelarán los procesos si no certifica que ha intentado conciliar con los okupas que sean considerados vulnerables.
- Acreditaciones: el propietario deberá hacer todas las acreditaciones relacionadas con la vivienda.
A pesar de que la okupación se considera un allanamiento y es ilegal, la nueva Ley de Vivienda favorecerá bastante a los okupas, en primer lugar por no poder acudir las fuerzas de seguridad en cualquier momento a desokupar, lo que da tiempo a que los okupas puedan prepararse para el intento de desalojo.
Aunque es una práctica ilegal, estos son los derechos de los okupas cuando se instalan en una vivienda:
- Derecho a no ser desalojados sin una orden judicial, a menos que se den determinadas circunstancias.
- Derecho a que la vivienda se considere su morada una vez que cambian la cerradura de la puerta.
- Derecho a que el propietario de la vivienda no pueda forzar la puerta para entrar en ella estando okupada.
- Derecho a que no se les corte el suministro de agua, luz, etc., y que el propietario lo siga pagando.