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¿Encontraste trabajo? No olvides notificarlo al SEPE para evitar graves sanciones económicas

¿Encontraste trabajo? No olvides notificarlo al SEPE para evitar graves sanciones económicas
¿Encontraste trabajo? No olvides notificarlo al SEPE para evitar graves sanciones económicas

La búsqueda de empleo puede llegar a ser muy larga, pero una vez consigues un nuevo trabajo, son varias gestiones las que hay que hacer, sobre todo de cara al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ya que es el organismo que gestiona la situación de desempleo en cualquier persona residente en España, y son varias las obligaciones que se contraen al ser oficialmente desempleado. Si has conseguido trabajo, es muy importante que se lo notifiques al SEPE, o las consecuencias podrían ser muy graves para ti, y si sigues leyendo te contamos por qué.

¿Por qué notificar al SEPE que has conseguido trabajo?

Cuando estás en situación de desempleo y cobras alguna de las prestaciones o subsidios que ofrece el SEPE, tienes también una serie de obligaciones, siendo una de ellas notificar al SEPE que has conseguido un nuevo trabajo. El cobro del paro o de cualquier subsidio por desempleo es incompatible con el cobro de un salario al tener un trabajo, por lo que este organismo deja claro que si hay una variación en las circunstancias laborales o económicas que generaron el derecho a cobrar esa prestación, se debe comunicar de forma inmediata.

El desempleado está obligado a notificar al SEPE si se da un cambio en sus condiciones laborales o económicas, tal y como se comprometió al firmar la solicitud para recibir la prestación o subsidio que esté cobrando en ese momento. El SEPE no se corta al dejar claro que seguir cobrando el paro al conseguir un trabajo puede tener duras consecuencias: «No hacerlo y seguir percibiendo la prestación de forma indebida se considera infracción grave, que se sanciona con la extinción de la prestación».

Es importante destacar que hay algunas opciones que permitirán compatibilizar la prestación con el sueldo, siempre que se haga de forma legal y en las condiciones que impone el SEPE. En el caso de autónomos, si están cobrando una prestación por desempleo e inician su vida laboral como autónomos con una duración inferior a 60 meses, se suspenderá la prestación, y si se sobrepasa ese periodo, se dará por extinguida, y se podrá reanudar en el futuro si se cumplen los requisitos establecidos para hacerlo.

En el caso de trabajadores por cuenta ajena, si el contrato es a tiempo completo se interrumpirá el pago de la prestación, mientras que si es a tiempo parcial se reducirá de la prestación el salario que cobre en el trabajo, y cobrará la cuantía restante.

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